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ale3408
14/11/2024 21:23

Dudas en deudas

¿Qué sucede con los 3200 euros ganados en un juicio si aún debo 6000 euros a la comunidad?

470 lecturas | 13 respuestas
Mi pregunta es. Si le debo a la comunidad 6000 euros y por unas derramas les gano un juicio de 3200 euros, ahora les debo 2800 euros. La pregunta es como no me los dieron porque yo debía, donde van esos 3200 euros ? Solo se descuenta de mi deuda y el resto de propietarios no tendrían que ponerlos en la cuenta comunitaria?
 
Kurrito
Kurrito
24/11/2024 10:11
Los 3200€ ganados en el juicio, me figuro, serán por obras en su piso particular; por lo tanto tienen que reflejarlos en los GASTOS comunitarios, como si fuese un trabajo realizado para la Comunidad. En ese gasto, usted SÍ participa.
Luego, en lugar de pagar ese gasto, lo que hace la Comunidad, es compensar ese pago, con parte de la deuda que usted tiene.
Pero desde luego, a la Comunidad (de la cual usted firma parte), le cuesta 3200€.

Salvo mejor opinión.

??Ale pues co' ????
 
carolinevega
carolinevega
18/11/2024 12:55
Ya le conteste a su duda.
Ahora le respondo, que si un juez ha dicho (cosa extraña por otro lado) que la deuda que tiene la comunidad con usted, sea mermada de la que usted tiene con ella, pues no hay nada que objetar
 
F
Fixin
18/11/2024 10:20

Es muy sencillo, su duda la resuelve el Código Civil. art. 1195 CC: "Tendrá lugar la compensación cuando dos personas por derecho propio, sean recíprocamente acreedoras y deudoras la una de la otra".

Art.1196 CC: "Para que proceda la compensación, es preciso:

1º) Que cada uno de los obligados lo esté principalmente, y sea a la vez acreedor principal del otro.

2º) Que ambas deudas consistan en una cantidad de dinero, o, siendo fungibles las cosas debidas, sean de la misma especie y también de la misma calidad, si ésta se hubiese designado.

3º) Que las dos deudas estén vencidas.

4º) Que sean líquidas y exigibles.

5º) Que sobre ninguna de ellas haya retención o contienda promovida por terceras personas y notificada oportunamente al deudor "

 

 
carolinevega
carolinevega
15/11/2024 16:52
Dice usted que el juez esta de acuerdo con saldar la deuda, descontandolo de lo qud usted debe.
En la sentencia figura eso?
 
P
P0liPl0s
15/11/2024 13:17

Me parece que se está liando usted con una cosa relativamente sencilla. 
Si yo le debo a usted 1000€ y usted a mí otros 1000€, lo normal es que no nos paguemos nada. Y eso no significa que nadie se ahorre nada. Esas deudas (pagos) existen y cuando se saldan equivale a que cada uno ha pagado. 
Con la comunidad, lo mismo. 

 
P
P0liPl0s
15/11/2024 13:12

No es así. La comunidad sí pone dinero. Si no pasan una derrama, el dinero que le deben pagar se está descontando de lo que iban a cobrar. Es decir, sí están "gastando” dinero. Otra cosa es que lo reflejen o no correctamente en las cuentas, pero en ningún caso se están ahorrando dinero. 
Lo único que hay que hacer bien, y posiblemente no se esté haciendo, es que usted no participe de ese "pago" que se le hace a usted. 

 
A
ale3408
15/11/2024 13:05
Lee a arrocamuyor. Yo no digo que no deba solo curstiono que el dinero que ellos me tenían que dar solo lo descuentan de la deuda y en una contabilidad sería se tiene que reflejar la deuda mía la compensación de lo que me deben ingresando a la cuenta comunidad y lo restante ponerlo yo . Ahí estarían los 6000 euros. Yo pongo los 2800 que debo y ellos tendrían que poner los 3200 que me tenían que pagar. No me parece razonable que solo aparezcan mis 2800 . Piénselo bien. Osea el arreglo de mi piso les costó cero ya que me hacen el favor de desconectar mi deuda?
 
P
P0liPl0s
15/11/2024 12:58

No sé por qué los califica de impresentables. Es normal que quieran cobrar lo que se les debe y de esta forma, al menos, se aseguran una parte. Es comprensible. 

 
A
ale3408
15/11/2024 12:48
Esta comunidad somos solo 4 pisos y 3 dueños más el bajo que es una inmobiliaria. Aquí le han dicho a la juez que hicieron una junta extraordinaria y decidieron que como yo debía me restaban lo que me tenían que indemnizar y la juez acepto. Esto es in desastre. Lo cocinaron entre ellos y listo. Son unos impresentables.
 
A
arrocamuyord
15/11/2024 10:43

En 2012, Ud. tenía una deuda de 6.000 € con la comunidad. Lo típico, impagos de cuotas y algún recargo. Hasta ahí todo bien.

Pero en 2017, cuando llovió a cántaros, la comunidad no mantuvo bien el tejado, se filtró agua y le destrozó parte de su piso. Así que Ud. los demandó, y ¡zasca!, les ganó un juicio por 3.200 €. Los tenía que cobrar porque le dieron la razón: la comunidad fue la que no hizo bien su trabajo.

Y ahora viene el chanchullo: en lugar de darle los 3.200 € en mano, la comunidad decide restarle esa cantidad de lo que Ud. debía. Total, que de los 6.000 €, le quitan los 3.200 €, y la deuda se queda en 2.800 €. Hasta aquí parece razonable, ¿verdad?
El problema: ¿Dónde están los 3.200 €?

Aquí es donde está la trampa: esos 3.200 € no han aparecido por ningún lado en la contabilidad de la comunidad. Usted pregunta, y le dicen que no hay nada que registrar porque se lo descontaron de su deuda. Como si le hubieran “perdonado” ese dinero. ¡Vamos, hombre, eso es como un truco de trilero en la feria!

La realidad es que esos 3.200 € son un gasto de la comunidad, porque es dinero que tuvo que usar para pagar los daños de su casa. Deberían aparecer en las cuentas como un gasto extraordinario, igual que cualquier otro gasto comunitario, y al mismo tiempo mostrar que le han reducido la deuda.

Lo que están haciendo mal:

Si no registran ese gasto, los números de la comunidad parecen mejores de lo que realmente son. Y al final, el resto de los vecinos no se enteran de que hubo un gasto de 3.200 €, lo cual es ocultar información. Es como si, en lugar de pagarle, se lo metieran al bolsillo y aquí no ha pasado nada.

Exija al administrador que le enseñen los libros contables y que reflejen esos 3.200 € como gasto, porque lo contrario es manipulación contable y mala transparencia. Y si le vienen con cuentos chinos, denúncielo sin dudarlo. Aquí hay que ser claro y honesto.

 
P
P0liPl0s
15/11/2024 07:11

Si yo tengo una deuda de hace un año con usted de 1000€ y ahora usted adquiere una conmigo de 800€, usted no tiene que poner esos 800€ en ningún sitio. Simplemente, en importe neto, pasaré a deberle a usted 200€ en lugar del 1000€. Aunque la realidad es que yo le debo 1000 y usted a mí 800.

Usted tenía una deuda de 6000€ con la Comunidad. Ésta acaba de adquirir una deuda de 3200 con usted, por lo que la deuda de usted se reduce a 2800€ sin que nadie aporte nada. Si alguien tiene que aportar es usted, para saldar lo que le queda pendiente.

No obstante, a pesar de no haber un pago, eso no quita que se haga constar en los números de la Comunidad.

Dicho eso, habría que plantearse si la Comunidad puede cobrarse la deuda por su cuenta, que es muy discutible. Es decir, por mucho que usted les deba dinero, si ha sido condenada a pagarle a usted, deberían hacerlo. Y su deuda se mantendría como estaba. Pero como usted dice que “ellos recurren diciendo al juez que como yo debía 6000 decidieron en junta que me restaban lo ganado por mi y que la deuda quedaba en 2800”. ¿Qué dijo el juez?

Además, hay que tener en cuenta que a la cantidad que le debe pagar a usted la Comunidad no debe contribuir usted y, por tanto, no debe sufragarse con fondos comunitarios a los que usted está obligada a contribuir. Debe ser con el dinero aportado por el resto de copropietarios.


Editado por P0liPl0s 15/11/2024 10:25
 
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ale3408
15/11/2024 02:48
Carolina gracias por tu respuesta.
Resumo haber si puedo ser más clara. En 2012 ellos me demandan y eh perdido entre deuda intereses etc 6000 euros . En 2017 los demandó porque no quieren arreglarme el piso ya que por derramas se filtro agua del tejado, les reclamo 3200 euros los cuales gané, pero ellos recurren diciendo al juez que como yo debía 6000 decidieron en junta que me restaban lo ganado por mi y que la deuda quedaba env2800. Ahora la pregunta. Donde quedan esos 3200 ganados por mi . En las actas solo aparecen que debo 2800. . Les pregunto donde está el ingreso en la comunidad de esos 3200 que yo debía y que gané en juicio? Me contestan que los restarán de mi deuda y que no están en la cuenta porque yo los debía. Vamos que solo restaron y la comunidad no tiene porque hacer ese ingreso ya que me perdonaron por mi derrama. Espero haberlo explicado mejor
 
carolinevega
carolinevega
15/11/2024 00:05
Yo creo que debería ampliar, lo referente a que usted gano a la comunidad un juicio y la comunidad tiene que abonarle 3.200€, dado que es una importante cantidad.
Pero si todo es normal, cuando sucede que una comunidad debe abonar una cantidad a un propietario, se tiene que realizar una derrama, excluyéndo al beneficiario, porque él no tiene que contribuir a recaudar esa cantidad, porque esta exento de contribuir a esa deuda.
Si a los 3200€ se detraen de su deuda, han salido beneficiados sus vecinos, y usted sale perjudicado como comunero, porque usted si ha contribuido al abono, porque se ha abonado con el dinero que existía en el fondo de la comunidad
 

Fin del hilo
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