Buenas tardes,
Os explico por encima, a ver que os parece,
la anterior empresa de mantenimiento del ascensor, ha demandado a la comunidad, por 2 motivos uno, reclamando 2 facturas no pagadas y el otro, por daños y perjuicios, según ellos, por habernos ido antes de finalizar el contrato.
Ninguna de las 2, entendemos, que sea correcta, porque las facturas reclamadas, están pagadas y en cuanto a irnos a otra empresa, lo hemos hecho en función del último contrato firmado en octubre de 2023 y el cual les solicitamos, que fuera por 3 meses, ya que teniamos que hacer una junta, para decidir si cambiamos de empresa, pro el motivo, de que en varios meses, no venían a realizar el mantenimiento.
Se firmo un contrato por 3 meses, prorrogables por igual periodo, con un preaviso de 15 días, en el caso de que no quisieramos continuar con ellos, hemos cumplido con este requisito y sin embargo, nos demandan, basándose en el primer contrato cuando el que estaba en vigor, es este segundo.
A lo que voy, le comento al administrador de la comunidad, que si la sentencia no nos da la razón, y esta argumenta lo que hemos hecho mal, ellos como administradores, habiendo dado su conformidad a la comunidad para etse cambio, deberán de ser responsables del daño económico sufrido.
Me dijo que ellos no asesoran , pero vamos a ver , para queremos entonces un administrador, para que emita los recibos trimestrales, mediante un software.
Yo entiendo, que en el caso de perder esta demnada, el administrador, debe de hacerse cargo del coste económico.
No se que pensáis, o estoy yo muy confundido con la responsabilidad del trabajo realizado por un administrador.