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ARV1
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12/12/2024 17:36

QUIÉN PAGÓ LA FIESTA???

¿Quién pagó los 7.000€ de la compañía saliente?

334 lecturas | 3 respuestas
Caso real ocurrido en Zamora.

En junta ordinaria de propietarios el nuevo presidente (D.Pedro) propone cambiar de compañía de seguros. Éste señor era en su vida laboral especialista en temas de seguros (ahora está jubilado) y pretende con el cambio, ahorrar unos eurillos que nunca vienen mal.
La comunidad accede a su propuesta de forma unánime, y le encarga que tenga previsto el cierre de la actual póliza y la apertura de la nueva. Para su cierre, hay que avisar con dos meses de antelación a la compañía. Sin problemas que yo soy especialista en esto (contestó D. Pedro). Y se refleja en acta.

Se le pasa una semana el avisar a la compañía saliente, aunque mandó dos cartas a la compañía para cerrar la póliza, pero fuera de plazo. Mientras tanto, contrata a la nueva compañía (sería un colega conocido) que para tal fecha (vencimiento de la anterior) entre en vigor la nueva póliza, más barata y con las mismas coberturas.

Pasado unos días del vencimiento, la Administradora observa DOS cargos de seguros de unos 7.000€ (aprox) cada una, y tras interesarse por el tema, le dice la compañía saliente que no se canceló la póliza según contrato, en tiempo. Avisado D. Pedro (entra en cólera, rabia e indignación...que me pase esto a mí???!!!!). Se hacen las correspondientes reclamaciones y "NATI VITUTI", no hay tu tía. Pagado está y pagado queda.

Una vez informada la comunidad, la imagen de D. Pedro (entendido en seguros) es de imaginar.....(Un error lo tiene cualquiera pero a ese precio.....).

Se pregunta.

Quién pagó los 7.000€ de la compañía saliente?

A) La comunidad
B) D. Pedro.
C) La Administradora
D) El Sindicato de la administradora con el seguro de responsabilidad civil.
E) La compañía entrante que decidió no cobrar una vez conocido lo sucedido y era colega de D. Pedro.
F) El Portero de la finca que prestó el dinero. (siempre aparece un buen samaritano).

Por favor, contesten los entendidos que la cosa tiene su guasa, pero es cosa sería.


Editado por ARV1 12/12/2024 17:38
 
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14/12/2024 21:12
Después de 200 entradas que ha tenido éste hilo, quiero terminarlo para aquellos que han tenido interés en la respuesta de esta demanda.

El resultado final fue que, D. Pedro tuvo que aflojar el bolsillo de semejante cuantía por tan semejante olvido. La comunidad no perdonó ese desliz que suponía 7.000€ después del compromiso que él mismo se impuso.
El final de la sentencia de la Audiencia Provincial de Zamora fue no aceptar el recurso de D. Pedro a la primera instancia, o sea, ratificó aquella sentencia y que dice así:

Por el JDO.1A.INST.E INSTRUCCION N.º 4 de Zamora, se dictó sentencia de fecha 19 de abril de 2012 , cuya parte dispositiva, dice: "FALLO: Que acuerdo estimar la pretensión actora, condenando a D. Pedro a
pagar a la Comunidad de Propietarios C/ DIRECCION000 , NUM000 - NUM001 , y DIRECCION001 , NUM002
, la cantidad de 6.948,44 ?, más los intereses legales.- Se le imponen las costas del presente procedimiento."

Y el argumento de la Audiencia fue el que sigue:

En definitiva, el demandado no cumplió en la forma acordada por la Junta de propietarios de la comunidad de propietarios demandante las obligaciones asumidas como mandatario, pues firmó un contrato de seguro de daños con la compañía Catalana Occidente con el mismo objeto que otro contrato de seguro anterior convenido con la compañía de seguros MAPFRE, sin esperar a que el contrato mas antiguo se hubiera
extinguido, lo que motivó que la comunidad de propietarios haya tenido que pagar las primas de los dos seguros con el mismo objeto, generando un perjuicio cifrado en el importe de la prima de la póliza más antigua.
Hay acción u omisión del demandado, pues firma un contrato de seguro sin tener la certeza de que se ha extinguido el anterior Hay culpa o negligencia, pues, al margen de no cumplir las obligaciones asumidas como mandatario de forma sucesiva: primero, anular el contrato anterior y, a continuación, firmar el otro, como agente de seguros que había sido, conocedor de la legalidad en materia de seguros, sabía que el contrato de
seguro más antiguo sólo se podía extinguir por el transcurso del tiempo si se denunciaba con dos meses de antelación a la fecha de vencimiento del plazo de duración , cuyo requisito no lo reunía la carta de denuncia
enviada a la compañía de seguros MAPFRE, por lo que debió esperar antes de la firma del contrato más moderno a obtener una respuesta favorable de la aseguradora a la terminación del contrato más antiguo. Hubo daño y perjuicio, pues la comunidad de propietarios ha pagado las primas de dos seguros pactados con dos aseguradoras diferentes con el mismo objeto, por lo que se ha visto perjudicada en el importe de la prima
pagada a la aseguradora por el contrato mas antiguo. Por último hay relación de causalidad entre la acción u omisión culposa y el daño producido, pues de haber actuado el demandado cumpliendo el mandato dado por la comunidad de propietarios ésta no se hubiera obligada al pago de una de la primas.

LO QUE EVIDENCIA QUE, EL CARGO DE PRESIDENTE NO ES BALADI, QUE TIENE SUS RESPONSABILIDADES IGUAL QUE LA DEL ADMINISTRADOR, POR LO QUE HAY QUE IR CON CUIDADO PORQUE UN RESBALÓN PUEDE TRAER SERIAS CONSECUENCIAS
.
UN SALUDO.


 
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13/12/2024 11:23
Tengo que añadir que no fueron 7.000€, sino que con seguridad pasaron de los 10.000€ ya que hay que sumar los intereses legales (4 años) más las costas procesales. En fin un pastizal. Pero quién pagó semejante suma???

La comunidad como subsidiaria del error de D. Pedro.?

D. Pedro, por su olvidadizo mandato. Señor Jubilado y entendido en seguros en su vida laboral.?.

La Administradora, como secretaria y custodiadora, del libro de actas donde se reflejaba el acuerdo?

El Sindicato, atendiendo la responsabilidad civil del asegurado.?

La compañía de seguros entrante (Catalina de Oriente) que vio el error de D. Pedro (un colega) y decidió pasarlo por alto.? La que no perdonó fue la compañía saliente (Mariféff).

D. Alfredo (el portero), que viendo el pastizal que recaía sobre el culpable o culpables, sacó su hucha y prestó el dinero?.

Sobre quién o quiénes, recayó el peso de la LEY???

ELEVEMOS EL NIVEL DE FORO.
Pero sobretodo, tómeselo con humor y aprendamos un poco de un hecho REAL.

Y el jamón está en el aire. :-))
 
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13/12/2024 08:16
Se ve que el nivel del foro está en decaída. Pocos aceptan el reto de este examen básico para obtener el título de maestro forero. Mucho discrepar por algunos asuntos y ante un examen de nivel, todos detrás del burladero viendo como los demás torean el morlaco.
Luego viene el forero y dice aquello: ERA EVIDENTE. Pero a toro pasado todos son mansos.
Sobre los acertantes se sorteará un jamón Joselito delante del Ilustrísimo Notario D. Segismundo Dias Oscuros. Piénselo. Y sea Feliz.
Expondré la sentencia, si hay interés (evidentemente).
Editado por ARV1 13/12/2024 9:03
 

Fin del hilo
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