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A
asocome
21/12/2012 20:31

DEDUCCION POR VIVIENDA HABITUAL???

¿Cómo puedo informarme sobre las deducciones por ser vivienda habitual?

1.505 lecturas | 4 respuestas

Hola vecinitos,

Finalmente hemos firmado los últimos contratos y avales del piso.

Nos han comentado que hablemos con algún asesor para que nos informe sobre las deducciones por ser vivienda habitual. Por lo visto se puede deducir algún pago en la declaración de la renta, siempre que los pagos hayan sido durante este año 2012, y los pisos estén construídos antes del año 2016.

No sé muy bien cómo funciona este tema y no conozco a ningún asesor.... alguien sabe cómo puedo informarme o si sabe de este tema que lo ponga en conocimiento para que lo sepamos???.

Gracias,

 
E
ESOR
20/01/2013 18:38

Hola JAV25

Tú información es precisa y muy interesante. Gracias por tu explicación.

Me queda una duda y es que si hay un importe mínimo para desgravar.

Al comprar nuestro piso actual tuvimos que pedir como mínimo la mitad del precio del inmueble. Sabes si existe éste requisito todavía??

 

gracias

 
A
asocome
04/01/2013 12:17

Gracias!!!.

 
E
ENAJ
27/12/2012 12:15

Hola asocome,

he encontrado información al respecto en este enlace:

http://www.elblogsalmon.com/economia-domestica/me-podre-seguir-aplicando-la-deduccion-por-vivienda-habitual-a-partir-del-2013

Me parece muy clara la explicación, sobretodo el párrafo de "Conclusión".

Saludos

 
J
jav25
24/12/2012 12:11

Hola asocosme!

 

Yo no so vecino de esta promoción, sino seré vecino de la promoción de Edifici L'H Centre, pero el caso de la deducción por vivienda nos encontramos en el mismo caso.

Te explico,

A partir del 1 de Enero del 2013, se suprime la deducción por vivienda habitual para todos aquellos que adquieran la vivienda a partir de dicha fecha.

 

Para todos los que hayan comprado la vivienda con anterioridad a dicha fecha, el régimen de deducción por vivienda habitual continuará vigente.

 

En la última ley aprobada, marca expresamente un parrafo que trata sobre nuestro caso, y es el siguiente.

"Los que hubieran satisfecho cantidades por obras de rehabilitación, ampliación de la vivienda habitual, siempre que las mismas finalicen con anterioridad al 1 de Enero de 2017. Los mismos requisitos se aplicarán, para la realización de obras e instalaciones de adecuación de la vivienda habitual de las personas con discapacidad."

 

Con lo que a afectos fiscales, nosotros tenemos derecho a aplicar cada año hasta la finalización de la hipoteca las cantidades correspondientes como deducción de la vivienda habitual. 

La única diferencia será, que hasta que no se firme la escritura, esa deducción será vía pago a cuentas al promotor, y después, a través de pagos de préstamo de adquisición.

 

Saludos, 

 

 

Fin del hilo
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