Hola chicos, he stado mirando en internet y he encontrado varias paginas interesantes sobre el tema de las piscinas os pongo las paginas y un anticipo de lo q nos interesa...
http://www.madrid.org/cs/Satellite?pagename=PortalSalud%2FPage%2FPTSA_pintarContenidoFinal&language=es&rendermode=preview&cid=1142329109416 http://www.comunidadvecinos.com/modules.php?name=Sections&op=viewarticle&artid=72 EXCEPCIONES.- Quedan excluidas de la aplicación de esta Ordenanza:
* Las piscinas unifamiliares y las de aguas terapéuticas o termales.
* LAS PISCINAS DE USO COLECTIVO DE COMUNIDADES DE VECINOS QUE CUENTEN CON UN MAXIMO DE 30 VIVIENDAS ESTARAN EXENTAS DEL CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS ESTABLECIDOS EN LOS ARTICULOS 18, 35, 36 Y 37.
Artículo 18.- No existe obligación de tener vestuarios y aseos
Artículo 35.- No existe obligación de llevar libro de registro
Artículo 36.- No hay obligación de tener socorrista
Artículo 37.- No existe obligación de tener botiquín ni personal sanitario