Para que no haya dudas...
http://www.ayto-pinto.es/html/gc/File/JuntaGobiernoLocal/jgl131113WEB.pdf
4.3.2 EXPEDIENTE DE D. XXXXX XXXXX XXXXX, EN REPRESENTACIÓN DE CRISTINA SUR PROMOCIONES, S. L.
Se pone de manifiesto el expediente en el que consta, entre otros documentos, la propuesta del Concejal Delegado de Ordenación del Territorio, Medio Ambiente, Desarrollo Industrial, Vivienda y Servicios Generales que en extracto dice:
“Vista la solicitud presentada por D. XXXXX XXXXX XXXXX, en representación de CRISTINA SUR PROMOCIONES, S. L., de fecha 26 de septiembre de 2013, con registro de entrada y expediente número 17933, en petición de Licencia de Primera Ocupación de un EDIFICIO DE 348 VIVIENDAS, 348 TRASTEROS, GARAJE (507 PLAZAS DE AUTOMÓVIL Y 20 DE MOTOCICLETA), APARCAMIENTO EN SUPERFICIE (51 PLAZAS DE AUTOMÓVIL) Y PISCINA COMUNITARIA, en la Calle Fernando VII, 24. Parcela P-2 de la Unidad de Ejecución UE-25 Cristina Sur, de esta localidad.
Visto el informe FAVORABLE emitido al respecto por el Técnico Municipal de 12 de noviembre de 2013 y a la vista del informe jurídico emitido y en virtud de lo establecido en el art. 157 de la Ley 9/2001 de 17 de julio del Suelo de la Comunidad de Madrid.”
La Junta de Gobierno Local por unanimidad y en votación ordinaria acuerda:
CONCEDER Licencia de Primera Ocupación de un EDIFICIO DE 348 VIVIENDAS, 348 TRASTEROS, GARAJE (507 PLAZAS DE AUTOMÓVIL Y 20 DE MOTOCICLETA), APARCAMIENTO EN SUPERFICIE (51 PLAZAS DE AUTOMÓVIL) Y PISCINA COMUNITARIA en la Calle Fernando VII, 24. Parcela P-2 de la Unidad de Ejecución UE-25 Cristina Sur de esta localidad, a CRISTINA SUR PROMOCIONES, S. L., sujeta a las siguientes condiciones:
La presente licencia se otorgará sin perjuicio del derecho de propiedad sobre el inmueble afectado y de los derechos de terceros en virtud de lo establecido en el artículo 152.d) de la 9/2001 del Suelo de la Comunidad de Madrid. Nº REGISTRO ENT. LOCALES 01281132 NIF P2811300I Hoja nº: 12 Junta de Gobierno Local Ordinaria 13/11/2013
La utilización como cuartos de basura de los espacios de reserva existentes en los portales A1, A2, A3, B1, B2, C1, C2 y E requerirá su previa adaptación a las condiciones establecidas en la sección DB HS2 del Código Técnico de la Edificación.
Editado por dbmtaz 21/11/2013 12:15