Sin saber donde viene especificado, yo tenía en mente (supongo porque se lo escucharia a alguien que sabe), que sí que se puede amortizar, pero creo que perdías las ayudas (no se si todas o las ayudas al préstamo).
Por ejemplo, cuando revisen los datos de la renta a los 5 años de escriturar para ver si te siguen concediendo las ayudas del prestamo, en caso de que no te las concedan, creo que podrías cancelar sin penalización.
Como dije, todo esto lo tengo en mente desde hace mucho, no recuerdo de donde salió la información ni hasta que punto es correcta.
Un saludo.