Hola,
Respecto a las dudas de la declaración de la renta, comentar:
No sé si se han recibido en 2009 o en 2010. Si bien, fiscalmente es:
- Aquellas personas que hayan recibido la ayuda directa: Se considera incremento del patrimonio y deberá ponerse en la casilla 310 de la declaración. Lo bueno es que se puede deducier en 4 años y en el porcentaje que más os convenga.
- Respecto a si se ha recibido ayuda a los intereses del préstamo. Se consideran incremento patrimonial. Se anotan en la casilla 312 de la declaración y han de poner la totalidad recibida.
A la hora de hacer vuestra declaración os aconsejo jugar con el importe de la Ayuda directa (las otras ayudas que tengáis se deben imputar al ejercicio) porque al ser considerada incremento patrinonial y no renta de ahorro o otra, ésta tributará a tu tipo marginal el cuál dependerá de cada uno de vosotros.
Suerte para la declaración de la renta de este año o el próximo.
Saludos