Contratación agua - Adosados
¿Cuál es el tipo de acometida necesario para dar de alta el agua en un edificio?
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Estoy intentando enterarme a través de internet de lo que hay que hacer para dar de alta el agua y me surge una duda.
En la página de Canal de Isabel II pone que hay que distinguir entre estos tres casos en función al tipo de acometida:
Acometida única: Uso para obra, vivienda unifamiliar, local comercial independiente de una Comunidad de Propietarios, riegos, uso contra incendios.
Acometida principal. Acometida para el suministro general de un edificio en altura de viviendas o locales comerciales que conllevará la instalación de una batería de contadores.
Contador secundario. Vivienda que pertenece a una comunidad de propietarios con batería de contadores instalada.
¿Cual es nuestro caso? Es que los requisitos y documentación a entregar es distinta.
Gracias