Volver al foro
notelies
notelies
20/11/2012 16:04

Nota de prensa publicada en IREKIA (Gobierno Vasco)

¿Qué garantías ofrece el Gobierno Vasco para las viviendas protegidas en Garellano, Bilbao?

4.730 lecturas | 15 respuestas

http://www.irekia.euskadi.net/es/news/12915-las-viviendas-protegidas-garellano-bilbao-tienen-tutela-garantia-del-gobierno-vasco

No voy a hacer comentarios

 
maratzi
maratzi
20/11/2012 20:15

El departamento de vivienda del GV tiene que hacer el visado de los contratos de adjudicación. Una vez que tanto DB como el socio firma, dos copias van al GV para que haga el visado, ellos se quedan con una copia y la otra nos la devuelven a los socios entendí no a DB.

 
maratzi
maratzi
20/11/2012 20:11

notelies,  YO lo que entendí por parte de DB era que el tipo se ponía fijo para poder calcular todos los costes sin problema y esa condición la tenían que soportar las entidades financieras. La cantidad a financiar es exactamente la que pone en el contrato de garantía, dicho por DB, se lo pregunte a mi entidad financiera y lo mismo, y como alguien ha puesto en el foro es la cantidad que transmiten al Banco de España.

Cop_52; opino como tu, no se que motivos tiene un gobierno vasco en funciones para hacer ese comunicado, cuando no aporta nada.

Arubla, Lady_pozas; En el contrato de adhesión, Anexo 3 "Estatutos Sociales de la Cooperativa", articulo 13 "Derechos de los socios" pone: Los socios tendrán derecho a:

b) Formular propuestas y participar, con voz y voto, en la adopción de todos los acuerdos de la Asamblea general y de los demás órganos de los que formen parte. (ej. consejo rector)

Respecto al derecho de veto, Contrato de Adhesión, cláusula segunda "funcionamiento de la cooperativa", 2.4 Gobierno de la Cooperativa pone:

....cualquier acuerdo del consejo rector que afecte a las cuestiones que a continuación se indican, necesitara contar para su aprobación con el voto favorable del socio colaborador miembro del consejo rector

a) modificaciones de los términos y condiciones de los acuerdos indicados en el apartado 2.2 (a) a (h) anteriores. Son los contratos firmados con anterioridad a nuestra entrada a las coop.

b) modificación del calendario de pago.

por lo tanto, entiendo que todo lo que no sea eso, no tienen derecho de veto.

espero haberme explicado....

 
notelies
notelies
20/11/2012 19:58

Lo que DB dice haciendo referencia a los contratos de adjudicación firmados por los accionistas:

Cita:

Estos contratos están tutelados por el Departamento de Vivienda del Gobierno Vasco.

 

Lo que GV dice al respecto en su nota de prensa:

Cita:

En ningún caso ha dado el visto bueno o ha intervenido en la elaboración de los contratos de adhesión a la Cooperativa, ni en la elaboración de los estatutos, ni en las condiciones que la Cooperativa haya podido fijar para adquir plazas de garaje o para suscribir la póliza de garantías personales.

Más claro, agua

 
L
lady_pozas
20/11/2012 19:34

arubla dijo:

maratzi dijo:

las aportaciones a capital social se votarían en asamblea, y no tienen derecho de veto.

 

me podias decir en que pagina de algunos de los contratos esta que tengamos voto.... porque yo leo que pueden vetar si lo desean, igual estoy equivocada

 

eso eso..decirme en que pagina viene..yo asi entiendo que tienen derecho a vetarnos..

 
C
cop_52
20/11/2012 19:30

La verdad es que no entiendo la nota del GV. DB dice "Estos contratos están tutelados por el Departamento de Vivienda del Gobierno Vasco" 

EL diccionario de la Real Academia define tutelar como:

1. adj. Que guía, ampara o defiende.

Y eso es lo que reconoce el GV en su nota

- El Gobierno Vasco se ha limitado a realizar, a petición de la Sociedad Cooperativa Dorrebarriak, las gestiones que suele realizar habitualmente en estos casos. Es lo que tenían que hacer los dos

- Con fecha de 16 de mayo, mediante resolución del Delegado de Vivienda en Bizkaia, se autorizó la apertura del periodo de captación de socios. Lo correcto por los dos

- El Gobierno facilitó a la Cooperativa el listado de solicitantes de vivienda para que fuera la propia promotora quien enviara las cartas y puso un anuncio informativo en la web, tal y como suele hacer en casos similares. Es decir sigue guiando (tutelando)

- Asimismo, en agosto de 2012 el Gobierno concedió las calificaciones provisionales correspondientes para la construcción de las viviendas. Trámite éste que también suele realizar habitualmente siempre y cuando se cumplan los requisitos.

Y no sigo porque toda la nota va en el mismo sentido, no entiendo por lo tanto el rebote del GV salvo que por detrás se encuentren otros motivos

 
arubla
arubla
20/11/2012 19:28

maratzi dijo:

las aportaciones a capital social se votarían en asamblea, y no tienen derecho de veto.

 

me podias decir en que pagina de algunos de los contratos esta que tengamos voto.... porque yo leo que pueden vetar si lo desean, igual estoy equivocada

 
notelies
notelies
20/11/2012 19:13

Maratzi, no quiero convertir esto en un diálogo de besugos, pero la relevancia de la nota de prensa emitida por GV radica en que se produce al hilo de la nota de Dorre Barriak, por alusiones.

Sobre temas de sobrecostes, yo entiendo de entrada algo parecido a tí. Con un matiz: los costes de financiación. El hecho de que se haya negociado un TIPO de interés fijo, no despeja la incertidumbre de qué importe se va a financiar. En este punto no estoy seguro, pero interpreto eso teniendo en cuenta que en el contrato de garantía dice (cito textualmente):

Cita:

(...) a los efectos de financiar a la referida Cooperativa con hasta <<importeglobalparcela>> € y por plazo de hasta 28 años. (...)

El hecho de que el tipo de interés sea fijo no conlleva que se conozcan con certeza los intereses finales, dado que dependerán del importe total prestado y del plazo. Puede que a alguien le parezca de perogrullo, pero por comentar.

De todas formas, confio en que para calcular los gastos se han tomado como referencia los escenarios en que estos costes financieros serán razonablemente altos, de forma que exista un colchón suficiente como para que no afecten al precio de la vivienda. Tanto si es a su valor, como si hay que pasarlos a través de ampliación de capital social. Es lo que quiero pensar.


Editado por notelies 20/11/2012 19:14
 
maratzi
maratzi
20/11/2012 17:11

De capital social no he hablado con DB. Pero entiendo que el sobre-coste de la vivienda seria por motivos de materiales mas caros o algo de eso, porque las entidades han firmado un interés fijo (debió de ser un requisito para poder financiar). Entonces lo que comentáis es que nos meten esos gastos como capital social, en vez de precio vivienda. YO entendí que en los contratos que veremos en las reuniones informativas pone quien (ellos) asume esas desviaciones. Si la coop. lo ha firmado ya, aunque no nos lo den a nosotros nos valdría.

las aportaciones a capital social se votarían en asamblea, y no tienen derecho de veto.

 
P
pelosred
20/11/2012 16:59

http://www.etxebide.euskadi.net/x39-contgen/es/contenidos/nota_prensa/npetxe121120_garellano/es_npetxe/npetxe.html

 

a ver, son unos mentirosos nos la quieren colar a toda costa, hay que andar con mucho ojo, a los que aun no se hayan unido a los demás en los temas que estamos tratando que envíen un email a cooperativasdb@gmail.com

 
L
lady_pozas
20/11/2012 16:44

maratzi dijo:

Como decirlo, si yo lo se todo aquel al que le hubiera interesado lo podría haber sabido. En este punto no nos han mentido ni nada.

El departamento de vivienda del GV lo que va a hacer es dar el visado a los contratos de adjudicación, y en el momento de las escrituras volverá a comprobar que todos nos ajustemos a los requisitos de vivienda protegida.

En lo referido al voto:

-su derecho de veto esta limitado a lo establecido en el contrato no es general.

- de tres personas que van a componer el consejo rector, dos van a ser socios cooperativistas.

 

 

te pregunto por que veo que sabes algo,va a ver  algun LIMITE en aportaciones a capital social? o no se sabe¿¿?? por que hay esta el KIT de la cuestion.. 

 
maratzi
maratzi
20/11/2012 16:29

Como decirlo, si yo lo se todo aquel al que le hubiera interesado lo podría haber sabido. En este punto no nos han mentido ni nada.

El departamento de vivienda del GV lo que va a hacer es dar el visado a los contratos de adjudicación, y en el momento de las escrituras volverá a comprobar que todos nos ajustemos a los requisitos de vivienda protegida.

En lo referido al voto:

-su derecho de veto esta limitado a lo establecido en el contrato no es general.

- de tres personas que van a componer el consejo rector, dos van a ser socios cooperativistas.

 
L
lady_pozas
20/11/2012 16:25

bueno van a poner LIMITE  al capital social y vamos a  tener derecho a voto para poder vetar al organo rector en caso necesario.? 

 
notelies
notelies
20/11/2012 16:24

maratzi, el aporte es que tú y yo lo sabíamos, pero hay gente que, aunque te sorprenda, no.  

Viene a aclarar (contradiciendo) una de las afirmaciones de la UTE en su comunicado. Quiero entender que es un nuevo defecto de forma, pero es lo que hay.

 
maratzi
maratzi
20/11/2012 16:18

no creo que aporta nada nuevo. Todos sabemos que es un promoción privada y que el GV solo va a mirar que cumplamos los requisitos de acceso a vivienda protegida y el precio.

 
Connolly
Connolly
20/11/2012 16:08

Que lo suban a su web tambien! 

La reunión del jueves va a ser muy divertida...

 

Fin del hilo
© 2002-2024 - HABITATSOFT S.L.U. CIF B-61562088 c/ Josefa Valcárcel, 40 bis 28027 Madrid
Contacto |  Publicidad |  Aviso Legal  |  Política de cookies  |  Blog |  Catastro |  Facebook |  Twitter
Vocento