Bueno pues ya hay novedades respecto al tema de las listas...
Información Sorteo Viviendas Protegidas de Alquiler en la Parcela EQ3 de la Tenería IIEl pasado 15 de marzo quedo cerrado el plazo de subsanación de los solicitantes para el sorteo de las 240 viviendas de alquiler de la parcela EQ3 de la Teneria II con un total de
334 solicitantes.
Desde la Concejalia de Vivienda se ha solicitado la nota simple al Registro de la Propiedad de todos y cada uno de los solicitantes con objeto de comprobar el cumplimiento de las Bases del Sorteo y en particular la Base 7 Punto 5 relativo a que ni el solicitante ni los miembros de la unidad familiar, sean titular del pleno dominio o de un derecho real de uso o disfrute de una vivienda.
Una vez verificado el cumplimiento de los requisitos se procederá a publicar la lista definitiva dando un plazo de 3 días para reclamaciones y posteriormente se señalará hora, día y lugar del sorteo para fijar el orden de prelación en la elección de la vivienda con arreglo a las bases.
El 2º Tte. de Alcalde y Concejal de Vivienda, CARLOS PENIT ha valorado como muy positivo todo el riguroso proceso de selección que garantiza los derechos de los solicitantes y el efecto positivo que tal actuación significa tanto para los futuros arrendatarios como para el resto de los vecinos de pinto que viven en régimen de alquiler al haberse constatado el comienzo de la reducción del precio del alquiler en los contratos privados.
Es previsible que comiencen a habitar las viviendas en el próximo mes de Abril y seguidamente iniciaremos otra actuación de características similares a este primer sorteo.
Fuente:
iupinto.blogcindario.com/2010/03/00079-informacion-sorteo-viviendas-protegidas-de-alquiler-en-la-parcela-eq3-de-la-teneria-ii.htmlDe lo publicado se deduce que de los 177 solicitantes pendientes de subsanar sus solicitudes o acompañar los documentos preceptivos se han admitido 106 solicitantes, ahora cabe esperar cual sera el numero definitivo de solicitantes despues de la publicacion de las listas definitivas.
Comentar por otra parte el incumplimiento de las bases... me explico segun lo publicado en la web de IU de Pinto:
"Desde la Concejalia de Vivienda se ha solicitado la nota simple al Registro de la Propiedad de todos y cada uno de los solicitantes con objeto de comprobar el cumplimiento de las Bases del Sorteo y en particular la Base 7 Punto 5 relativo a que ni el solicitante ni los miembros de la unidad familiar, sean titular del pleno dominio o de un derecho real de uso o disfrute de una vivienda.
Una vez verificado el cumplimiento de los requisitos se procederá a publicar la lista definitiva dando un plazo de 3 días para reclamaciones y posteriormente se señalará hora, día y lugar del sorteo para fijar el orden de prelación en la elección de la vivienda con arreglo a las bases."
Hasta ahi bien, pero si revisamos las bases del sorteo esto es lo que viene respecto a la solicitud de la nota simple al Registro de la propiedad, en la base 8 Documentacion a Presentar:
"Requisitos sobre titularidad de bien inmueble: Declaración jurada de no posesión del solicitante ni ningún otro miembro de la unidad familiar, de vivienda de protección pública alguna en todo el territorio nacional, ni vivienda en régimen libre en la Comunidad de Madrid, ni de derecho real o de usufructo, en caso contrario.
En caso de que ser seleccionado en el sorteo para la ocupación de alguna de las viviendas, deberá presentar nota informativa expedida por el Servicio de Índices del
Colegio de Registradores de la Propiedad en la que se acredite dicho requisito por cada uno de los miembros de la unidad familiar."
Pero por si no habia quedado claro se vuelve a repetir en el punto 12 Procedimiento de Adjudicacion:
"
Los adjudicatarios que figuren en la lista de adjudicatarios provisional tendrán que presentar en el plazo de 10 días el Certificado del Servicio de Índices del Colegio de Registradores de la Propiedad expresivo de la titularidad de bienes inmuebles, inscritos tanto a favor del solicitante, como del cónyuge o pareja de hecho o de alguno de los miembros de la unidad familiar. En el caso de que no se presentara el certificado o que del mismo se comprobara que se incumple lo establecido en el punto 7, se procederá a su exclusión automática y se le sustituirá por el primer reserva de la lista de espera confeccionada, y así sucesivamente, en caso de que los sucesivos no presentasen el citado certificado.
Una vez verificado que los adjudicatarios cumplen lo estipulado en el punto 7, se realizará la lista definitiva de adjudicatarios, que será publicada en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento de Pinto, y en la página web municipal."
Asi que a mi parecer hay algo que no esta bien, ya que según en las bases el tema de la nota simple se debería de pedir después del sorteo y a la gente que figure como adjudicataria provisional no antes... ademas de que se supone que es cada particular el que deberia de entregarlo no pedirlo la Concejalia de Vivienda con su correspondiente gasto de emision que oscila sobre los 9-10 euros, con lo cual otro gasto mas al Ayuntamiento...
Seguiré informando pues...
Saludos!
Editado por T1k1T4k4 29/03/2010 13:17