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J
jmarmol
11/11/2009 17:08

VPPs exentas del 50% del IBI

¿Cómo beneficiarse de la reducción del IBI en viviendas protegidas en Arganda?

3.790 lecturas | 32 respuestas
Hola vecinos,

Quería abrir un nuevo tema con una información muy valiosa y que sé que hay gente que desconoce. De hecho, en la 1ª reunión lo comenté con los vecinos que estaban a mi lado y desconocían, por lo que he querido compartirlo con todos.

El caso en cuestión es que las Viviendas protegidas están exentas del 50% del IBI durante los primeros 3 años al menos (el lunes en el ayuntamiento de Arganda me comentaron que se iba a alargar incluso).

El problema es que este trámite no es automático y para poder beneficiarse de esta reducción es necesario notificar en el ayuntamiento de Arganda que tienes una VPP, rellenando un impreso y entregando una serie de documentos (Copia de escrituras o nota simple y copia de calificación definitiva de la CM).
Este año estamos exentos del pago del IBI pero es necesario antes de fin de año entregar la documentación y el impreso relleno para que en el pago del IBI del próximo se refleje esta rebaja.

Esto no tiene carácter retroactivo, por lo que si te demoras en la entrega y no lo haces este año, el próximo pagarías el doble y no te devolverían el importe aunque lo notificases más tarde y además perderías ese año.

Ejemplo: Realizas la entrega de documentación el año que viene.

Este año exento del pago del IBI.
El año que viene no tendrías reducción en el IBI y además perderías 1 de los 3 años en los que te puedes beneficiar de la reducción.
Los siguientes 2 años pagarías la mitad.

Espero que me haya explicado bien y os sea de ayuda. 

 
 
lavecinadeltercero
lavecinadeltercero
08/01/2010 14:23
Hola! qué interesante me parece este foro!

yo vivo en el edificio Irlanda, que es de protección, pero de alquiler con opción a compra y el IBI nos lo prorratean mensualmente y lo pagamos junto con la comunidad. En mi caso también podríamos beneficiarnos de este descuento en el IBI?? porque si es así, el arrendador ya nos lo está cobrando...

Muchas gracias!
 
patri611
patri611
05/01/2010 14:10
ok,muchas gracias :) 
 
cmcruz007
cmcruz007
05/01/2010 11:25
patri611 dijo:

 hola a todos!
¿Sabeis si esto del ibi es también valido para las entregas de este año?
Somos futuros vecinos del edificio alemania.
gracias y un saludo


Buenas,

Desde luego la información sigue estando en la web del Ayto. de Arganda, y lleva desde el 2008, así que con casi toda seguridad, seguirá vigente este año.

Puedes revisarlo aquí.

http://www.ayto-arganda.es/portalArganda/p_2_final_Distribuidor_1.jsp?seccion=s_ftra_d4_v1.jsp&contenido=7633&tipo=4&nivel=1400&codResi=1&language=es&codMenu=237

Saludos


 
patri611
patri611
05/01/2010 09:00
 hola a todos!
¿Sabeis si esto del ibi es también valido para las entregas de este año?
Somos futuros vecinos del edificio alemania.
gracias y un saludo
 
max.power
max.power
24/11/2009 17:53
yo dejé ayer mismo la solicitud y creo que no es necesario, porque a la vez le pregunté por los trámites de empadronamiento y no me comentó nada...

por cierto, gente muy amable en el ayuntamiento, sí señor.
 
 
Luxemburgues
Luxemburgues
24/11/2009 17:34
¿Hace falta esta empadronado en el momento de pedir la bonificación?.

Saludos.
 
J
jmarmol
23/11/2009 15:43
Muchisimas gracias.
 
cmcruz007
cmcruz007
23/11/2009 14:59
jmarmol dijo:

Buenos días,

Alguién que haya entregado la documentación en el ayuntamiento ¿podría dar detalles de la manera de rellenar el impreso de solicitud de exención del 50% del IBI?

Muchisimas gracias.



Super simple,

Expone: que es propietario de la vivienda sita en Avenida de la Haya, piso x, letra x, que tiene calificación VPPL.
Solicita: Que le sea concedida la bonificación del 50% en la cuota del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI), en los períodos establecidos por el Ayuntamiento de Arganda del Rey, según normativa de la Comunidad de Madrid.

Así más o menos lo redacté yo, y me dijeron al presentarlo que era correcto. Como ves, muy simplón.

Saludos
 
J
jmarmol
23/11/2009 12:29

Buenos días,

Alguién que haya entregado la documentación en el ayuntamiento ¿podría dar detalles de la manera de rellenar el impreso de solicitud de exención del 50% del IBI?

Muchisimas gracias.

 
cmcruz007
cmcruz007
19/11/2009 21:46
Yo he recogido esta mañana las escrituras en Ibercaja (firmé a finales de julio), y me he ido con ellas al ayuntamiento y en media hora escasa he tramitado lo de la bonificación del IBI sin problema ninguno. Por si alguno no lo sabe, tienen horario ininterrumpido hasta las 19:30, así que podéis hacerlo a primera hora de la tarde.

Me han pedido la copia simple de las escrituras (en mi caso Ibercaja me sacó 2 copias , que vienen a ser fotocopias sin más), y les he dejado una; la fotocopia de la calificación definitiva (sorry por lo que dije ayer, pero que yo haya visto, eso no está subido en Descargas) y también el escrito solicitando la reducción. Y aparte fotocopia de mi DNI.

Con todo eso, te lo tramitan. La verdad es que no me han puesto pegas ningunas, en contra de lo que yo pensaba.

Ahí lo dejo por si le viene bien a alguien.

Saludos!
 
Luxemburgues
Luxemburgues
19/11/2009 17:29

Pues que se pongan un poco las pilas los bancos que no las tienen!!!. A mi me las dieron a primeros de la semana pasada y ya llevaban con ellas un tiempecillo....

Saludos.

 
J
jmarmol
19/11/2009 16:54
Sí,
Vale con lo que puedas disponer ahora mismo y en tu caso es una copia simple que al fin y al cabo es lo que vamos a dar todos, porque aunque  tengamos las escrituras vamos a entregar una copia de ellas.
 
A
aranchita
19/11/2009 16:04
Una pregunta,
ayer llamé al Banco y me han comentado que aún no están las escrituras, que por lo menos un par de meses...
Lo que si me pueden dar es una copia simple, ¿Eso vale?
 
chikibare
chikibare
19/11/2009 04:22
chicos tambien fotocopia del dni
 
cmcruz007
cmcruz007
18/11/2009 16:53
Entonces, según lo que vais diciendo, entiendo que serían 3 cosas las que hay que presentar:

* Copia de las escrituras: supongo que las que nos dan en el banco... ¿hay que hacer algún tipo de fotocopia compulsada o similar, o sólo hay que enseñarlas para que las revisen???

* Solicitud: he visto en la web del ayuntamiento que el escrito viene a ser una hoja casi en blanco en la que tienes que especificar tú mismo que solicitas acogerte a la bonificación del 50% del IBI.

* Fotocopia de la calificación definitiva: Creo recordar que el día de la firma nos dieron una, pero no recuerdo si va sellada o no. En caso de que no, ¿valdría el documento que se subió al apartado de Descargas de este mismo foro??? ¿Se lo quedan o sólo lo comprueban?

Gracias a tod@s


 
lauroga
lauroga
18/11/2009 16:51

Gracias vecinos!!!!

Os ire contando

 

 
C
Conwy
18/11/2009 15:43
Para  lauroga.
No debería de existir problema en que una persona vaya y entregue la documentación en tu nombre.  Una vez que  hayas firmado la documentación, es decir la solicitud.

Pero si quieres que la persona que te vaya a entregar la solicitud, y los documentos que son necesarios, es conveniente que lleve un escrito en el que le AUTORICES  a presentar la solicitud y cualquier gestión relacionada con este tema de la Bonificación, así como, si tuviera que realizar alguna gestión simple y no tener que esperar al día siguiente o siguientes.

Puedes consultar esto que te comento en el art., 32 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común ( B.O.E. del 27 de noviembre de 1992), Ley modificada por la Ley  4/1999, de 13 de enero ( B.O.E. 14/01/99).

Resumiendo, lo normal, es que no pogan impedimentos, para que se tramite  la petición, si se lleva todo completito.
Otra cosa es que falte algo, haya que hacer alguna/s  fotocopia/s, etc, y entonces, el que vaya en tu nombre, que tire del  móvil, para darle instrucciones.


Creo haberte aclarado algo el asunto.
 
B
Beachikilla
18/11/2009 13:45
Los documentos que nos pidieron son:
  • Copia de las escrituras
  • Solicitud  rellena
  • Fotocopia de la Calificación Definitiva de la Comunidad de Madrid

Saludos
 
lauroga
lauroga
18/11/2009 13:35

Salga de la oficina a las 19:00 y mi chico o 19:00 o 20:00 jajajaj es un rollo de horario

Beachikilla q te pidieron a parte de la hoja de solicitud rellena y la escritura? es para ir con todo hecho

 
B
Beachikilla
18/11/2009 13:31
Lauroga, el ayuntamiento de Arganda también está abierto por las tardes, creo que hasta las 19:00 h. Yo estuve la semana pasada por la tarde a pedir información y me atendieron sin problema.
 
lauroga
lauroga
18/11/2009 13:19
Sabeis si puede ir alguien autorizado a presentarlo?? es imposible escaparse x las mñnas

Gracias
 
C
Conwy
18/11/2009 11:20
Buenos días: Parece ser que en el Ayuntamiento de Arganda, sí que se está aplicando la Bonificación del 50%, a las viviendas VPPL.
He hablado con   un funcionario de la Unidad de Ingresos Públicos  del Excmo. Ayuntamiento y me ha confirmado que efectivamente, cualquier vivienda que tenga algún tipo de protección que se les aplica la Bonificación, del 50%, durante los tres primeros años, inmediatamente a la Calficación Definitiva por la Comunidad.

También que ha comentado, que  existen varias peticiones, de bastantes vecinos de Arganda que están solicitando que el período de tres años se aplíe  más. En otros ayuntamiento he visto,  que existe ya una apliación de dos años más.

La pregunta que os hago, ¿ alguno ya ha presentado la documentación para solicitar la Bonificación?.

Saludos.
 
Ranxodia
Ranxodia
12/11/2009 16:38


Con tu permiso he configurado el enlace.
 
Ranxodia
Ranxodia
12/11/2009 09:58
Pues si lo dice el ayuntamiento que es el mayor beneficiario de este impuesto será así, no?
 
J
jmarmol
11/11/2009 19:22
Pues navengando he visto gente con VPPL que se han podido beneficiar y otros que no.  Esto si que es inentendibe....
 
A
aranchita
11/11/2009 18:01
Buenas,
hace poco abrí yo tb este post. Os dejo el link que puse:
http://www.munimadrid.es/portal/site/munimadrid/menuitem.236ae1c4f6e0b0aa7d245f019fc08a0c/?vgnextoid=d12778d4dfaed010VgnVCM1000000b205a0aRCRD&vgnextchannel=8db7566813946010VgnVCM100000dc0ca8c0RCRD
Pero creo que para nuestra vivienda, que es VPPL no vale, solo es para VPO.
 
ISIS_
ISIS_
11/11/2009 18:00
jmarmol dijo:

Hola vecinos,

Quería abrir un nuevo tema con una información muy valiosa y que sé que hay gente que desconoce. De hecho, en la 1ª reunión lo comenté con los vecinos que estaban a mi lado y desconocían, por lo que he querido compartirlo con todos.

El caso en cuestión es que las Viviendas protegidas están exentas del 50% del IBI durante los primeros 3 años al menos (el lunes en el ayuntamiento de Arganda me comentaron que se iba a alargar incluso).

El problema es que este trámite no es automático y para poder beneficiarse de esta reducción es necesario notificar en el ayuntamiento de Arganda que tienes una VPP, rellenando un impreso y entregando una serie de documentos (Copia de escrituras o nota simple y copia de calificación definitiva de la CM).
Este año estamos exentos del pago del IBI pero es necesario antes de fin de año entregar la documentación y el impreso relleno para que en el pago del IBI del próximo se refleje esta rebaja.

Esto no tiene carácter retroactivo, por lo que si te demoras en la entrega y no lo haces este año, el próximo pagarías el doble y no te devolverían el importe aunque lo notificases más tarde y además perderías ese año.

Ejemplo: Realizas la entrega de documentación el año que viene.

Este año exento del pago del IBI.
El año que viene no tendrías reducción en el IBI y además perderías 1 de los 3 años en los que te puedes beneficiar de la reducción.
Los siguientes 2 años pagarías la mitad.

Espero que me haya explicado bien y os sea de ayuda. 

 


Buenas Tardes a todos,según la normativa:

MPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES

A) BONIFICACIONES

- Bonificación del 50 por 100 en la cuota íntegra del Impuesto, durante los tres períodos impositivos siguientes al del otorgamiento de la calificación definitiva, las viviendas de protección oficial y equiparables a éstas conforme a la normativa de la Comunidad Autónoma de Madrid.

La pregunta es si una VPPL está considerada como vivienda DE PROTECCIÓN OFICIAL  O  EQUIPARABLE ,consultando normativa....salvo las Familias numerosas ...no veo que sea viable...igual me equivoco que alguien me corrija si es asi. Pero por solicitarlo....

Saludos


 
lauroga
lauroga
11/11/2009 17:49
 ok, Muchas gracias de nuevo

pues nos pondremos manos a la obra cuando tengamos un hueco, nosotros ya tenemos las escrituras, nos avisó el banco la semana pasada

 
J
jmarmol
11/11/2009 17:40

Por cierto, yo aún no he entregado nada ya que estoy a la espera de que la gestoría me envíe las escrituras al banco.

 
J
jmarmol
11/11/2009 17:38

Tienes que tener una copia del certificado de calificación definitiva de la CM que tuvieron que entregarte cuando firmaste las escrituras.
Las escrituras, si no las tienes aún, las debe tener la gestoría que te llevó la gestión y te deberían proporcionar una copia o la nota simple.
El papel para rellenar te lo pueden entregara en el ayuntamiento de Arganda o imprimir desde su web.

En la web del ayuntamiento de Arganda te aparece todo lo referente a este tema, la dirección y el teléfono de contacto.

Os recomiendo que llaméis por teléfono para que os informen bien porque en la web vienen varios documentos que hay que aportar y a mí por teléfono y en persona me han pedido sólo fotocopias de los documentos que indiqué al principio y sin necesidad de ser compulsadas.
 

 
Ranxodia
Ranxodia
11/11/2009 17:21
Muchas gracias JMarmol
 
lauroga
lauroga
11/11/2009 17:16
Muchas gracias

Donde podemos solicitar esos papeles para rellenarlos??? en el mismo Ayuntamiento??

pd: dond esta el ayuntamiento de Arganda?? jajaj

 

Fin del hilo
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