Hola a todos de nuevo, en especial a RiySara.
Sólo indicar un par de cosas más a partir de vuestros
comentarios...
A lo que nos referimos en:
"Pero la confusión llega a ser TOTAL CUANDO LEEMOS EN EL
CONTRATO QUE TODA LA SUPERFICIE ES UTIL (sin pormenorizar
terraza o tendedero).....CON LO CUAL EL LIO CREO QUE VA A
ESTAR SERVIDO...SI LA GENTE PROPONE CERRAR DICHAS
TERRAZAS... ".
Yo creo que la ley es muy clara en un aspecto:
“… toda edificación viene fijada por un patrón por todos
conocidos...edificabilidad…”
Si una parcela tiene 1000 m² de edificabilidad implica que
no se pueden construir ó vender más de 1000 m² edificables
(la perogrullada anterior tiene razonamiento...). La cosa
es...que huecos de ascensor, patinillos de instalaciones
mayores de 0,75m², las terrazas_en función del número de
caras exteriores, etc NO COMPUTAN... aunque se
cobran...especialmente en superficie construida. Y
ESPECIALMENTE LOS TENDEDEROS NO COMPUTAN!!! al menos los 3
primeros metros...por el contrario si fuera terraza...al
estar cerrada por 3 costados computaría como
edificabilidad al 100%........................
¿CUÁL ES LA IMPORTANCIA DE ESTO? Si el promotor te vende
en publicidad una terraza (claramente indicado en la
planta en color que nos entregaron en Castellana) y por el
contrario luego resulta ser un tendedero (como pone en los
planos de López de Hoyos)...ESTÁ REALIZANDO UN DELITO
URBANÍSTICO Y DE CONSUMO! estaría consumiendo una
edificabilidad real de 1000 + 3 m² x cada vivienda de 1
DORMITORIO (QUE ES DONDE HE DETECTADO ESO)...UNOS CUANTOS
MILLONES LA VERDAD!
Esto es una situación típica...diría que incluso
habitual...así que el proceso normal es que gerencia de
urbanismo o el juzgado, posteriormente a la entrega
solicite las escrituras de propiedad de las viviendas
afectadas, en este caso.. la buena fe queda reflejada SI Y
SÓLO SI, LA PROMOTORA HA ESCRITURADO DICHA PROPIEDAD COMO
TENDEDERO,. SE CONSTATA LA BUENA FE DE LA PROMOTORA (POR
NECESIDADES TÉCNICAS)………PERO EN NUESTRO CASO ENCIMA LO
ESCRITURAN COMO UTIL.
Esa es una situación que nos permitiría (resultando los
compradores, terceros afectados de buena fe): bien
reclamar 3 m² de sup. Util + daños y perjuicios…o bién…que
eso es lo más típico según jurisprudencia, la reparación
inmediata y cumplimiento de normativa vigente…en nuestro
caso particular…¿CERRAR Y CONVERTIR EN UTIL? ¿CUMPLIMIENTO
DE NORMATIVA DE GERENCIA, OBLIGANDO A QUE SÉAN TENDEDEROS?
O,¿HACIENDO TERRAZAS (NO TENDEDEROS)?_____lo dicho LIO
SERVIDO!!!!!!!!!!!!!!!!!!
Respecto a ESAS “MARAVILLOSAS” CLAUSULAS…todo es relativo…
tu firmas…pero no vale todo…y de nuevo nos remitimos a la
jurisprudencia…te aconsejo el siguiente link:
http://www.hispacoop.es/reclamaciones/contenido/?n=1.1.1.4 Como ves ; no seremos , ni los primeros ni los últimos…
Algunas CLÁUSULAS DE NUESTRO CONTRATO TALES como:
9 meses de retardo, y salvo 9 meses y un día…no poder
cobrar ninguna indemnización…
El derecho a realizar cualquier cambio en diseño,
disposición, superficie…siempre que sean cuantías
importantes…claro.
SON EN REALIDAD CLAUSULAS ABUSIVAS (la jurisprudencia lo
avala) CONSECUENTEMENTE NULAS DE FACTO!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!! Que nos costaría,
tiempo e interés…está claro…pero que ellos, en caso de que
reclames las 2 cláusulas anteriores, tienen las de perder
también…
Siento confirmarte que vuestras sospechas respecto a la
superficie util del tendedero van a ser ciertas…por lo
menos en el proyecto de Lopez de Hoyos…NO HAY NINGÚN
TRASTERO EN LOS PORTALES POSTERIORES (los opuestos al
centro comercial y donde creo q están alojados la mayoría
de los apartamentos de 1 dormitorio) SUPERIORES A 4 M².
Para concluir una pregunta……..
ALGUIEN SABE CÓMO VA A SER LA VENTANA DEL DORMITORIO-
TERRAZA/TENDEDERO?????, porque en la memoria de carpinterías (Proyecto en Lopez de Hoyos) venía de
cuerpo entero, pero en los planos que firmamos no me da
esa impresión………………….ALGUNA SUGERENCIA O ESPECULACIÓN???
Que me da…q es lo único q nos informan……………………………………
Un saludo
re_
Lo dicho…encomendémonos a todos los santos
PD: A mi me han dicho que la visita de cortesía y recepción no es de cortesía, sino obligatoria….buff,
no se……..seguiré preguntando.