Hola otra vez. Se me olvidaba una cosa, de nuevo referida a los trasteros. Ferrovial nos ha ofrecido indemnizarnos por la reducción del tamaño de los trasteros. Pero esta solución no me gusta nada, no solo porque nos hallan ofrecido un precio ridículo, sino porque al hacerlo en concepto de indemnización, fiscalmente, se tiene que tratar como un incremento patrimonial, es decir, un beneficio, y por tanto, tiene que tributar en el I.R.P.F. al tipo medio de gravamen de cada uno. Esto significa que hacienda se lleva el porcentaje que le corresponda, e imaginate que por estar cerca del límite de un tramo, esta ganancia patrimonial provoque el salto a un tramo superior. Conclusión: que todos tus ingresos se verian gravados a un tipo mayor. Vamos, una gracia.
Yo por ahí no paso asi que voy a proponer a Ferrovial que la compensación quede como menor valor de venta y no como indemnización. A ellos les debería dar casi igual.
Saludos cordiales a tutti.