No se si estaba claro el tema o no, pero por si puede ayudar en algo:
IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS:
Con efectos del 1 de enero de 2011:
Se restringe el ámbito de aplicación de la deducción por inversión
en vivienda habitual. El incentivo fiscal podrá ser aplicado
por los contribuyentes cuya base imponible general no
supere la cuantía de 24.107,20 euros.
Se establece un régimen transitorio por el cual se podrán aplicar
el régimen vigente el 31 de diciembre de 2010 aquellos contribuyentes
que:
Hubieran adquirido su vivienda habitual, satisfecho cantidades
para la construcción de la misma con anterioridad
al 1 de enero de 2011, o bien
Hubieran realizado obras de rehabilitación o ampliación
de la vivienda habitual con anterioridad al 1 de enero de
2011 y las citadas obras estén terminadas antes de 1
de enero 2015, o bien
Hubieran realizado obras e instalaciones en la vivienda
calificadas como necesarias para la accesibilidad de
discapacitados, con anterioridad al 1 de enero de 2011
y las obras concluyan antes de 1 de enero de 2015
Por lo que he me han comentado lo que estamos haciendo nosotros en principio entramos en este régimen transitorio, pero lo que más nos puede ayudar es firmar antes de que acabe el año el contrato de adjudicación definitiva de vivienda que vamos a firmar en diciembre.