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J
Juan Carlos Andreu
22/11/2003 12:22

Modelo de carta a la promotora

¿Deberíamos limitar el número de visitantes a la obra?

1.401 lecturas | 9 respuestas
Respecto a la redacción de la carta mi opinion es:
En el párrafo 2 no debemos limitar el numero de visitantes a la obra, deben ser los que acudan a la reunión que según mi opinion debe celebrarse a pie de obra.
No estoy de acuerdo con el último parrafo. La responsabilidad de contratar un proveedor con riesgo de quiebra es de la promotora. Los compradores no tenemos nada que ver. Para evaluar el perjuicio causado a las dos partes solo tenemos informacion del daño causado a los compradores, si la promotora se ha visto perjudicada y en que medida lo sabrán ellos.Por lo demás estoy de acuerdo
 
X
xcubo
24/11/2003 14:00
Estoy de acuerdo con Gayo en que la situación actual no se puede considerar fuerza mayor puesto que en este caso se incurre en los dos supuestos mencionados (in eligendo e in vigilando). Especialmente este último puesto que la reducción del ritmo de los trabajos que obedecia a la situación por la que atravesaba la constructora, deberia haber sido obsevada por la dirección técnica de la obra (Via) y tomadas las medidas de corrección oportunas antes de la llegada de la quiebra. Propongo redactar de nuevo el ultimo punto, manteniendo un tono conciliador (preferimos una solución acordada, no impuesta) pero en el que quede claro que aunque comprendemos las dificultades que en las que se hayan podido ver envueltos por la quiebra de Adra, no renunciamos a exigir responsabilidades a quíen debemos exigirselas, en este caso la promotora con la que contratamos.

Otro tema es el procedimiento para la reunión. Si estoy de acuerdo con laloba (sea de Via o no) con que deberiamos hacerla mediante un grupo reducido de compradores que ostentaran la representación (escrita) del resto, porque de lo contrario va a ser improductiva y dificil de organizar.

Otro punto que debe quedar claro es que si se organiza una visita a la obra los que la visiten declinarían la exigencia de ninguna responsabilidad a Via Residencial en caso de accidente durante dicha visita, de lo contrario es muy probable que se nieguen (y con razón) debido a la necesidad de los seguros, etc.

Un saludo a todos.
Gonzalo
 
B
bichales
24/11/2003 12:25
Se me olvidaba...

Yo también creo que no deberíamos incluir ningún párrafo que pueda darles la razón en el sentido de que no tienen responsabilidad debido a la quiebra.

Como bien nos ilustra Gayo, como referencia a sentencias de casos similares (muy profesional !!), no exime de responsabilidad a Via Residencial la quiebra de ADRA.

...y yo también creo que Via Residencial está siendo bastante seria en la reanudación de las obras (ya sea por presiones nuestras o porque se han movido rápido porque ellos, logicamente, también están interesados en entregar lo antes posible), que nos mandan una serie de cartas informativas, etc... y que está haciendo lo que puede.

Otro tema es el incumplimiento de las fechas que se nos dieron en el contrato, y los costes que ello supone para todos nosotros, y lo que está claro, es que nosotros no tenemos ningun culpa de ellos... y queremos hablar con la promotora para saber que está dispuesta a cubrir a modo de compensación.

Saludos,
Ruben
 
G
Gayo
24/11/2003 12:03
Hola a todos!!!!

Me parece bien que la carta sea diplomática, pues nadie duda de que Vía Residencial está haciendo todo lo posible para continuar y terminar la obra, PERO pienso que la última cláusula del escrito se debería cambiar, aunque sea de forma muy sutil, por lo menos para dejar de reconocer tan abiertamente la falta de responsabilidad de vía residencial, por “si las moscas”, ya que nos cerraría futuras puertas...

Además, existen varias sentencias que dicen que no se puede apreciar fuerza mayor (la existencia de un obstáculo que, siendo extraño a la esfera negocial del obligado o deudor, sea totalmente irresistible o inevitable) cuando el retraso en la entrega del piso adquirido fue imputable a la empresa con la que la vendedora contrató su construcción. Es decir no cabe hablar de fuerza mayor cuando lo que imposibilitó la entrega de la vivienda comprada fue el hecho de que los obreros hubieran dejado de trabajar por cese en la actividad de la constructora, ya que ello se encuentra enclavado en una “CULPA IN ELIGENDO” O "IN VIGILANDO" al elegir la vendedora a una contratista que no cumplió los plazos inicialmente fijados para la finalización de la obra. (Sentencia de la Audiencia Provincial de Baleares de16 de enero de 2003).

“El vendedor no es árbitro de cumplir un contrato cuando le convenga o interese o pueda, supuesto el cumplimiento del comprador de sus obligaciones, o su disposición seria y verdadera a cumplirlas, incumpliendo los plazos contractuales ; EL VENDEDOR NO PUEDE ESCUDARSE EN EL INCUMPLIMIENTO DE LA CONTRATA RESPECTO A ÉL, PORQUE LE ES IMPUTABLE FRENTE AL COMPRADOR POR HABERLA ELEGIDO, es un suceso que ocurre en el círculo de sus actividades empresariales sujetas a su control, no externo, imprevisible o inevitable (fuerza mayor).” Tribunal Supremo (Sala 1ª) Sentencia 28 octubre 1998.

Un saludo

 
B
bichales
24/11/2003 12:01
La verdad es que, como dice Nacho (creo que eres tu, npymq), no estoy muy de acuerdo con "laloba", aunque respeto lo que nos comenta.

Yo también consulté con la OCU, y la quiebra de la constructora no se considera causa de fuerza mayor.

Yo no estoy muy convencido de lo que podamos conseguir con las indemnizaciones, y por supuesto, prefiero intentar llegar a algún acuerdo amistoso con la promotora, intentando que se comprometan en cuestión de fechas y que asuman ciertos costes que nos han causado debido al retraso, como la plusvalía del 2º Año, porque la del primer año la tenemos firmada todos, y aunque se pueda considerar un abuso, pues lo firmamos todos, y por eso sólo no nos vamos a meter en ningún fregado.

Eso sí, si se llega a la vía judicial, pues soy partidario de que reclamemos todo lo que no nos parezca justo, incluida la plusvalía del primer año...

Un saludo a todos...
 
N
npymq
24/11/2003 11:33
Se me olvidaba, recordarte que existen unas clausulas que por ley son tachadas de abusivas (asi lo demuestran las ultimas sentencias), y lo de la plusvalia del 2003 no la tendríamos que pagar si nos entregan el piso a tiempo, eso se llama daños y perjuicios, al igual que muchos otros...animo a la gente a que siga defendiendose y sigamos organizandonos, incluso si tenemos que dejar la via administrativa (que seria lo ideal) y acudir a la judicial. Por cierto lo de la plantilla yo no se colgarla, alguien podría colgar el mismo modelo que ha hecho agustín pero con las 2 modificaciones que parece ser que muchos creemos convenientes??, asi las podriamos comparar y votar cual es la mejor, o incluso si alguien quiere colgar otro modelo, pues encantados, sería muy bien recibido gracias.
 
N
npymq
24/11/2003 11:27
Una pregunta a la loba, con toda la prudencia y respeto, no me resigno a preguntarte de una forma clara y directa ;Eres de vía residencial??, me parece que si (espero equivocarme), lo que dice tu conocido es lo contrario a lo que me han dicho a mi en la OCU, la OMIC y la junta arbitral, las escusas que pones haciendo referencia a otras promociones, aque no movamos mucho el tema, a que se estan dejando la camisa los de via residencial.....Mira los únicos que han incumplido un contrato son ellos (o vosotros, no se aún), si a mi me hechan yo estoy en quiebra y es una causa de fuerza mayor, pero yo o pago o me quitan el piso, otra cosa si que creo que nos tengamos que reunir y llevar una representación numerosa a la calle Alcalá, y te aseguro que cuando hemos conseguido cosas (como que se retomen las obras y se contrate a mas gente)ha sido defendiendo nuestros derechos y apartandonos un pelin de la diplomacia, gracias por tus sugerencias, que son validas siempre y cuando no seas de via residencial.
 
L
laloba
24/11/2003 11:08
Hola vecinos.: he leido la carta que pretendemos mandar a los de VIA y dado el contenido de la misma la he comentado con un conocido muy relacionado con el mundo de LA JUDICATURA, y lo que me dice no es muy positivo.

Al parecer la declaración judicial de Quiebra de una empresa es causa más que suficiente para resolver los contratos que se tiene suscritos con la Quebrada,siendo ello una causa inesperada y no prevista por el otro contratante, por lo que entra esta causa en las denominadas de fuerza mayor o inesperada e imprevisibles.

Ademas este conocido se sorprende muy mucho de como los de VIA han retomado las obras tan rapidamente, pues lo normal es que los organos de la Quienbra(Comisario) retengan las obras sin dejar entrar a nadie para presionar y obligar a la promotora a llegar a un acuerdo en la liquidación de la obra. ( si esto ha ocurrido, por la experiencia de este conocido, los de VIA deben estar perdiendo hasta la camisa).

Ademas me ha dicho que en el Juzgado que se tramita la Quiebra hay más de 500 acreedores y hay promotoras solicitando hacerse con la posesión de sus obras estando en estos momentos paradas muchas obras, este es el caso de una obra de FERROVIAL que esta cerca de la N-II en el poligono de las Mercedes. Luego estamos mejor que otros que todavia no han retomado las obras.

Por todo ello, yo voto por la redacción de la primera carta que es muy diplomática, sin hacer mención a indemnizaciones, porque creo que no tenemos derecho a ello, es más lo que nos interesa es QUE NOS ENTREGUEN LAS CASAS CUANTO ANTES,y presionando por presionar vamos a conseguir justo lo contrario y es que se puedan cabrear y no nos reciban.

Lo de la pLus-Valia yo tengo en el contrato en la clausula 7ª que la tengo que pagar yo. ¿Teneis vosotros la misma clausula?, porque si es así no podemos reclamar nada.

DE ACUERDO CON EL RESTO, AUNQUE PROPONGO QUE SI NOS RECIBEN SÓLO VAYAN DOS O TRES PERSONAS LO CONTRARIO SUENA A ASAMBLEA Y SE PUEDEN MOSQUEAR. Ademas, alguien que nos represente les deberia de llamar alegando la carta y concertar telefonoicament la cita, es mas rapido, sin hacer alusión al foro.

Mantenedme al corriente.
 
A
agustin
24/11/2003 09:46
Estoy de acuerdo con vuestros comentarios. Si no os importa, modificad vosotros la carta y colgar la definitiva en la web para que el resto de los vecinos puedan verlo. Con respecto al fin de semana próximo nosotros no estamos en Madrid con lo que no vamos a poder asistir a la siguiente reunión en la obra, ya nos contaréis.

Muchas gracias a todos y un saludo.
 
N
npymq
24/11/2003 09:33
Pienso lo mismo, estoy de acuerdo con la mayoría de la plantilla, pero nunca pondría la última parte porque creo que no es cierto que afecte a los dos y además la culpa única y exclusivamente es de vía residencial.Por cierto la quiebra de ADRA s del 18 de Agostoy las obras se retomaron a finales de septiembre, contar los días y decirme como puede justificarse que nos la entreguen en abril, propondría otra reunion el domingo con la plantilla definitiva para que la firmemos que os parece??.
 

Fin del hilo
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