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angel_05
26/09/2005 13:57

Licencia de ocupación y silencio administrativo

¿Qué significa el silencio administrativo positivo en la obtención de una licencia de ordenación del territorio y actividad urbanística en Castilla-La Mancha?

822 lecturas | 1 respuestas
Buscando por internet, hemos encontrado lo siguiente:

La licencia deberá otorgarse en el plazo máximo de 3 meses, tal como establece el artículo 169.3 del Decreto Legislativo 1 de 2004 de 28 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Ordenación del Territorio y de la Actividad Urbanística de Castilla-La Mancha, siendo el sentido del silencio positivo .


CONCLUSIONES: Todos aquellos que llevemos más de 3 meses esperando la licencia sin obtener ninguna respuesta del ayuntamiento...no debemos preocuparnos mas!!! Tenemos otorgada la licencia por silencio administrativo positivo y como justificante tenemos la propia solicitud de la licencia.
Geraquel
Geraquel
26/09/2005 19:23
Hola. Eso es una buena noticia aunque me gustaría saber si eso es del todo cierto ya que parece muy bonito como para ser verdad.
Me dijeron en el ayuntamiento que al conceder la licencia , había que pagar unos 60€. Y mi pregunta es la siguiente: Va el Ayuntamiento de Pioz a renunciar a pongamos 500 viviendas x 60 € /vivienda = 30.000 € ?

Insisto. Me gustaría que alguien más confirmara esa buena noticia. Y perdona, no es que dude de tí pero muchas veces las leyes tienes sus excepciones y sus matices.
Saludos
 

Fin del hilo
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