seguro
¿Cuál es el delito penal por no suscribir seguros en la construcción de viviendas?
792 lecturas | 2 respuestas
No suscribir los seguros, un posible delito penal
En el Código Penal existe un nuevo tipo penal relativo a las cantidades depositadas antes de iniciar la construcción de una vivienda. Se refiere a la obligación del promotor, regulada por la ley 57/1968, de suscribir un contrato de seguro con una entidad aseguradora inscrita y autorizada en el Registro de la Subdirección General de Seguros.
Según explica Pablo García Valcárcel, del departamento jurídico de la patronal Asprima, ´si no se avalan las cantidades depositadas puede abrirse una sanción administrativa´. La multa dependerá del beneficio que haya sacado el autor de la falta.
El secretario general de Asprima, José Manuel Galindo, cree que este tipo de fraudes se da más en gestoras de cooperativas