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vecinaa
16/08/2007 22:35

Ley 44/2006, de 29 de diciembre.

¿Quién debe pagar la conexión de electricidad y agua en una vivienda nueva?

692 lecturas | 0 respuestas
Hola otra vez, vecinos.

Hace unos días escuché algo sobre la obligación del vendedor de una vivienda nueva de proporcionar también la conexión de electricidad y agua.

He estado mirando en internet y he encontrado el texto de la ley. En resumen viene a decir que aumenta la protección en la compra de vivienda. La nueva norma establece como abusivas las cláusulas de los contratos o las prácticas comerciales de compraventa de vivienda que penalicen al consumidor si se niega a subrograrse en el crédito hipotecario del promotor, o le obliguen a asumir el pago de las tasas o impuestos que corresponden al vendedor (como, por ejemplo, la “plusvalía” o Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana). También considera abusivas aquellas cláusulas o prácticas que impongan al adquirente de la vivienda la asunción de los gastos que comporta la conexión con el suministro de los servicios generales de la misma –gas, agua, electricidad-, cuando aquélla deba entregarse en condiciones de habitabilidad.

O sea que según la ley parece que la empresa vendedora es la que tiene que pagar el enganche a la luz y el agua. Una conocida mía ya no tuvo que pagarlo cuando le entregaron su piso el pasado mes de mayo.

En concreto se trata de la Ley 44/2006, de 29 de diciembre, de mejora de la protección de los consumidores y usuarios y este link del Ministerio de Sanidad y Consumo lo explica.

http://www.msc.es/campannas/campanas07/leyMejora2.htm

Saludos.

 

Fin del hilo
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