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J
Jesus_jegca
21/06/2007 18:14

Me tienen hasta los mismos...

¿Cuándo estará lista la entrega de las viviendas?

1.037 lecturas | 3 respuestas
No quiero echar un jarro de agua fria pero no os hagais muchas ilusiones de que la entrega sea antes de Septiembre.

He ido a la constructora la semana pasada y he hablado con su director financiero/administracion. La licencia de 1ª ocupacion aun no estaba presentada en el ayuntamiento a falta de un documento de Industria y poco mas, aunque seguramente en esta semana lo presentaran.

El plazo de aprobacion oscila entre los 15 dias y el mes y medio, ha habido un cambio de equipo gestor en el ayuntamiento (el PP no obtuvo mayoria absoluta) lo que puede suponer que nos vayamos a mas de un mes y en agosto no trabaja ni el tato. Asi que la fecha mas probable le parecia primeros de Septiembre.

Respecto a la indemnizaciones los unicos que tienen capacidad negociadora son los gerentes Angel Tellez e Ignacio y desde luego piensan dar la callada por respuesta a todo lo que no sea una demanda civil en regla.

Obviamente una demanda presentada por un grupo de propietarios tiene mas fuerza que la de uno solo. Asi que lo mejor que podemos hacer es juntarnos los mas posibles para poner una demanda.

Desgraciadamente en este foro apenas somos 6 propietarios asi que me parece mejor esperar a constituir la comunidad de vecinos y luego poner en bloque una demanda a la constructora.

Otra muy buena opcion, y que le doleria mucho a la constructora, es rescindir el contrato que te devuelvan el dinero y meterles una demanda pidiendo daños e intereses de 12 millones al 6% durante 4 años. El mercado inmobiliario esta muy parado, esos pisos no se venden facilmente, la "piscina" es ridicula y convivir con una obra durante 2 años es duro.

Si los vecinos pedimos la devolucion de nuestro dinero les hundimos, completamente seguro. Ademas estan construyendo en Azucaica adosados con 4 habitaciones por 250.000 €, en buenavista en la Avda Francia venden mas de 3 pisos con garaje en una urbanizacion con 2 piscinas por menos de 300.000 € y un largo etc... Yo me lo estoy planteando muy seriamente.

Lo del pilon no tiene nombre, es un chiste, a alguien le enseñaron el plano de donde iba a estar encuadrada? a mi no os lo aseguro, no lo tenian "en ese momento"

Me siento engañado, buscaba una vivienda con zonas comunes donde mis hijos pudiesen jugar sin salir de la urbanizacion y me encuentro con una obra en frente de mi ventana separada por un muro y una charca en medio de la confluencia.

Ahh! los que tengan la casa en el otro bloque deciros que hasta el 2009 no creen que esten (me lo dijo el Director financiero)

Os sugiero que os lo planteis el buscar otro piso y meterles una demanda, como paso previo tened un aval por las cantidades entregadas mas intereses (es obligatorio por ley) solicitadlo por burofax, no atendais a ninguna razon ni excusa, informad al banco que vais a ejecutar el aval por incumplimiento de contrato y buscaos un buen abogado (lo mejor posible no os preocupoeis por lo que cueste las costas son a cargo del que pierda y ellos no pueden ganar).

Si quereis la casa aunque tenga una palangana y esteis dispuestos a convivir con una obra en tu casa durante 2 años esperad a solicitar la indemnizacion a que la comunidad de propietarios este constituida pero vigilad de que en la escritura de compraventa no os metan ninguna clausula diciendo con dicha
 
O
octaviob
26/06/2007 08:19
El acto de conciliación es un "miniproceso" judicial en el cual se busca una solución amistosa ante un conflicto. El demandante presenta un escrito ante el Juzgado de Primera Instancia decano de Toledo (original, copia para el demandado y copia para que nos sellen de entrada).

El decano adjudica el asunto a uno de los Juzgados de primera Instancia y éste señala un día y una hora para celebrar el acto y cita a las partes (al demandante le manda la citación por correo y al demandado va un funcionario judicial a su domicilio y le entrega la citación junto con la copia del escrito que ha presentado el demandante.

Llegado el día del acto, éste se celebra ante el Juez.

Si hay acuerdo, es de obligado cumplimiento para ambas partes. Si no hay acuerdo, el acto habrá servido como requerimiento en forma (mejor y más barato que un burofax, aunque más lento porque puede que el acto se celebre en dos meses). En ambos casos pediremos una certificación del acta que se extienda. Si hubiera acuerdo, lo que se pusiera en ese acta sería lo que habría que cumplir.

Una vez que se celebre, inmediatamente se extiende el acta y el asunto se termina. Otra cosa sería ya ejecutar lo acordado. O aportar el acta con la demanda futura como una prueba de nuestra buena voluntad de evitar un pleito.

Respecto a los abogados, no puedo darte ningún nombre (yo soy licenciado en derecho pero no abogado) y menos aquí en este foro. No sería correcto hablar bien o mal de personas en este foro. No me atrevo a recomendar ninguno.

No obstante, quedo encantado a tu disposición.
Saludos.
 
J
Jesus_jegca
24/06/2007 10:48
Estoy completamente de acuerdo contigo, me temo que desconozco las formas legales para meterles una demanda y que no habia tenido en cuenta la posibilidad de que las costas sean cada una las suyas.

Cuentame como es exactamente el Acto de conciliacion? tengo claro que el burofax lo pongo en Correos pero el acto de conciliacion? se solicita en el juzgado o ante un arbitro de consumo?

Por otro lado o eres abogado o ya te has asesorado por uno, conoces de alguien que sea de confianza?

saludos
 
O
octaviob
23/06/2007 13:45
Suscribo totalmente lo que dices. Lo de la piscina es de risa ¡y aún falta por ver el "estupemdo gimnasio equipado"! pero si me permitís lanzaré otra opinión para que sirva de reflexión y cada uno decida lo que vea mejor.

Me parece más efectivo que cada cual les reclame la indemnización individualmente, primero por burofax y después mediante acto de conciliación.

En estos dos casos no es necesario Abogado ni Procurador. Es muy sencillo: cada uno debe estimar el perjuicio que le han causado y expresarlo en la carta o en la demanda de conciliación. Si no contestan o no se avienen a la conciliación, entonces ya no hay más remedio que ir a un Abogado.

Pienso que es mejor reclamar individualmente por varias razones:
1ª.- No se puede esperar a la constitución de la Comunidad porque falta mucho.
2ª.- Para los Abogados de la empresa en más gravoso contestar a cada reclamación individualmente porque cada uno lo planterá de forma diferente, expresará un daño distinto y reclamará cantidades diferentes. (uno pagará un alquiler, otro reclamará lucro cesante, otro daño moral, otro que le han echado de su alquiler, otro que está deprimido por seguir en casa de sus padres con 40 años, etc.). También les fastidiará más ir 10 veces al Juzgado a 10 actos que ir una sola vez, del mismo modo que les jorobará y les costará más contestar a diez demandas en cinco juzgados distintos que contestar a una sola.
3ª.- La demanda colectiva es menos viable porque a cada uno se le ha producido un daño diferente según su situación personal, lo cual es lo que hay que justificar (ya no que no hay un daño objetivo puesto que en contrato no hay clausulas penales para ellos en caso de retraso).
4º.- En la demanda colectiva si el Abogado se equivoca o lo hace mal (y es muy frecuente) perderán todos pero si son diez demandas puede ser que se ganen siete y se pierdan tres.

Otra cuestión importante: Con los abogados hay que tener mucho cuidado. Hay que ajustar antes el presupuesto porque cobran lo que quieren. Efectivamente, si ganamos, el contrario debe pagar las costas de su Abogado y el nuestro. En teoría, no nos costará un duro pero eso no se puede asegurar. Sólo hay condena en costas para la parte perdedora en el caso de que la demanda se estime totalmente. Si la demanda se estima parcialmente (por ejemplo, se reclaman 100 y la sentencia te concede 80) cada parte paga sus costas.
En estos casos es bastante problable la estimación parcial, además de por la cuantía, por temas de se demanda a varios y sólo se condena a uno de ellos o, al contrario, seha demandado a uno y se debería haber demandado a varios, etc.

Insisto: buscad un abogado de confianza (hay bastantes que tienen poca ética profesional) y ajustad el precio antes.

Lo del acto de conciliación lo veo una opción muy buena porque se hace al demandado ir al Juzgado y si hay acuerdo estupendo y si no lo hay no habremos perdido nada y servirá como un requerimiento en forma.

Perdonad que me haya enrollado tanto y desde luego, a pesar de todo, lo imprescindible es reclamar. Por una u otra vía, individual o colectivamente, pero reclamar indemnización o devolución del dinero con sus intereses o lo que cada cual estime oportuno.

Un abrazo para todos.

 

Fin del hilo
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