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R
rysdos
18/09/2008 21:39

ASEGURADORA

¿Por qué la aseguradora rechaza mi reclamación por incumplimiento de contrato?

982 lecturas | 5 respuestas
Estuve hablando con la aseguradora el día 4 de septiembre, con el Sr. Carretero, Jefe del departamento de siniestros de la aseguradora, primero largas para no concretar, y finalmente me dijo que iban a rechazar la reclamación, las razones que expuso fueron las siguientes:

No hay incumplimiento de contrato, sino un simple retraso, puesto que la obra estaba acabada, que tenían el certificado final de obra y que la licencia de primera ocupación fué otorgada el 20-08-08, con lo que lo único que faltaba era elevar los contratos a escritura pública,

Que la obtención de la licencia de primera ocupación era suficiente para cancelar el riesgo (anular la póliza).

Que el concurso de acreedores de la constructora era un caso de fuerza mayor.

Que la firma de la prorroga del aval, era darles un nuevo plazo de entrega.

Evidentemente yo no pienso así, hay incumplimiento de contrato porque no se entrega el piso en el plazo señalado en el contrato.
La primera ocupación en todo caso se concedió fuera de este plazo de entrega de vivienda.
Es obligacion de la promotora vigilar la solvencia de las empresas que contrata para la construcción, y más siendo de su mismo grupo empresarial.
Firmar la prorroga del aval con ACC no es firmar con SEIF un nuevo plazo de entrega.

Como evidentemente no le dí la razón, su respuesta fué que eso lo tendría que decir un juez.
Así está el panorama, por las buenas no van a devolver nada, tened en cuenta que todos hemos pedido la devolución del dinero, también lo hicieron los que finalmente van ha quedarse con el piso.

Hace mucho que no intervengo en el foro, pero si leo vuestros mensajes.
Espero que os sirva de algo la información. Un saludo y ánimo para todos.
 
C
crisisdefe
19/09/2008 08:43
Me parece muy buena la info que nos das a los que queremos el dinero,y estamos en trámites de devolución (que irán para muuuuuy largo).
Lo que pones + o menos ya sabía yo,porque unos amigos que llevan + adelantado todo el proceso,ésa misma fue la respuesta que obtuvieron de SEIF,calcadita a la que tú has puesto. Que impresentables.
Porque lo que digo yo,aparte de plazos o no plazos,de incumplimiento o no incumplimiento,por contrato,que si lo habeis leido,que creo que ahora andamos todos con mil ojos con todo,en una de las claúsulas pone que tenemos derecho en cualquier momento a rescindir el contrato con ellos.
Asique,ya aparte de como dicen ellos,de que no incumplen (que se les tendría que caer la cara de verguenza solo con mencionarlo,porque es obvio que sí están incumpliendo,y ade+,hay pruebas,que carajo,por escrito),por ley tenemos el derecho a reclamar el dinero,porque lo pone el contrato,que ellos mismos hicieron,asique que no vengan diciendo chorradas. Por ley tenemos las de ganar,otra cosa es que éste proceso lleve su tiempo o sean 1s jetas,y quieran escurrir el bulto a toda costa.
Pues a ver si hay suerte y no se alargan mucho las cosas y nos lo devuelven pronto.Suerte
 

Fin del hilo
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