Letras Vencidas
¿El banco debe devolver el documento físico de las letras vencidas?
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Me he informado hablando directamente con el B.Guipuzcoano sobre el tratamiento de las letras vencidas (las que ya hemos pagado).Tenía la duda de si el banco tenía que devolver el documento físico (la letra que firmamos) una vez cobrado y me ha dicho que no, que antes se hacía así pero ahora se hace en base a transacciones electrónicas que quedan grabadas y el documento físico se archiva en el depart. de notaria del propio banco. De cara a justificar ese pago a hacienda o cualquier otra entidad, tiene valor el extracto que nos envía el banco de cada uno. Si hubiera algún problema (impago o demás) se solicitaría al B.Guipuzcoano el documento físico, que tendría obligación de presentarlo en, por ejemplo, un juicio. Salu2