Hola,
En el BOCAM del 25 de marzo de 2002, donde se aprueba el Plan Parcial, viene un cuadro con las características de las viviendas de este sector (página 26):
http://www.comadrid.es/comun/bocm/Html/0,2930,3029_14210_14472_253107_20020325_24,00.html Entre ellas, para las viv unifamiliares en hilera:
COeficiente edificabilidad máxima: 0.54 m2c/m2s
Retranqueo a alineación exterior: 5 m
Retranqueo a linderos: 3 m
Frente de parcela´mínimo: 6 m
Ocupación máxima de la parcela: 60%
Mi idea era que podías ampliar la vivienda siempre que no pasases el coeficiente de edificabilidad, pero si alguien conoce este tema, que nos saque de la duda.
En cuanto a las modificaciones exteriores de la vivienda, si perteneces a una comunidad de vecinos sí pueden ponerse normas en cuanto a toldos, aires, etc. Pero si no se crea, no.
En cuanto a las buhardillas y los sótanos, son legales y entran en el valor de la vivienda.