Hola a todos.
La orden de la Comunidad de Madrid que entró en vigor la semana pasada lo que viene a decir es que la Comunidad de Madrid ejercerá el derecho de tanteo y retracto que ya tiene reconocido por la Ley del Suelo 9/2001. Para aquellos que no sepan qué quiere decir este derecho, podemos resumirlo en un "derecho de preferencia" a la hora de comprar las VPP para cuyas ventas dan autorizacion expresa .Es decir, no es que se trate de algo nuevo que ahora se han sacado de la manga, sino que es un derecho que siempre ha tenido la CAM, aunque no lo ejerzca. No obstante por lo que yo he podido leer en prensa y en la propia orden no es algo que nos deba de preocupar, pues disponen de muy poco presupuesto para ejercer el derecho de tanteo (unos 350.000 euros, no da ni para tres viviendas). Por tanto, aquellos que quieran vender su VPP tendrán que pedir autorizacion a la CAM (eso ha sido siempre así) y ésta durante 3 meses decidirá si ejercita o no el derecho de tanteo, adjudicando la VPP a alguien que tenga en lista. Si lo ejercita, pues ajo, agua y resina, nos compran el piso a PRECIO DE MODULO DEL AÑO DE LA VENTA, no a nuestro módulo actual...
Pero bueno, a aquellos a los que ya nos cuesta pagar una sola vivienda no creo que esto nos afecte, pues no tenemos intenciones de venderla. Esto perjudica más a quienes tienen varias y quieren vender una de ellas. Se les acabó el chollo de la especulación