Desperfectos de acabado o de terminación de obra
¿Tengo derecho a insistir con las reclamaciones a la constructora después de que haya pasado el año para reparar los daños?
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Me consta que según la ley es un año para reparar los daños que se produzcan en los elementos de acabado o de terminación de la obra. En mi caso ha pasado dicho año, aunque envie un burofax el 16/5/08 (antes de la prescripción dicho año) con la lista de desperfectos. Como quiera que todavía de la lista de los mismos, unos ni se ha actuado por parte de la constructora y otros por "negligencia" de las personas que vinieron a "intentar" resolverlos no se han resuelto definitivamente ; ¿tendria derecho a insistir con las reclamaciones a la constructura?. Estoy tan quemado que estoy pensando en demandarlos.