Hola,
Esto es lo que pone el contrato:
NOVENA.- ENTREGA DE LA VIVIENDA Y ESCRITURA PUBLICA.
LANDSCAPE GRUPO LAR, S.L., una vez obtenida el certificado de obra, que será expedido por el Arquitecto de la obra a la conclusión de la misma, procederá a solicitar la Licencia de Primera Ocupación al Ayuntamiento de Madrid.
Una vez otorgada por parte del Ayuntamiento de Madrid la Licencia citada, y en función del planning de obra de los últimos remates del edificio, se estima que la entrega de la vivienda se producirá el 30 de Abril de 2005.
Hasta producirse el hito anteriormente mencionado, la parte compradora no podrá acceder a las obras de desarrollo del inmueble, en cumplimiento de la normativa vigente en materia de seguridad.
De superarse la fecha prevista para la entrega en más de tres meses, siempre que no sean motivado por causas de fuerza mayor, surgirán los siguientes efectos:
- La parte compradora podrá optar por exigir el cumplimiento de la obligación, concediendo en tal caso al vendedor una prórroga, o por la resolución del contrato. Para realizar la opción antedicha el comprador tendrá un plazo de 15 días, en la que tendrá que manifestar su determinación al respecto por escrito a la parte vendedora, conforme se define en el apartado de comunicaciones. En caso de optar por la prórroga, cada tres meses se volverá a conceder la posibilidad de optar por una nueva prórroga o por la rescisión, en las mismas condiciones.
- En el caso de producirse una de las prórrogas antes mencionadas, la parte vendedora abonará a la compradora, si ésta no optara por la resolución del contrato, los intereses legales de las cantidades entregadas a cuenta del precio durante los tres meses de duración de la prórroga o por el período de duración de las prórrogas concedidas. Estos intereses se liquidarán en el momento de entrega de la unidad inmobiliaria o, para el caso en que ya haya concedido prorrogas desde la fecha prevista para la entrega de la unidad inmobiliaria, en el que el comprador opte por la resolución.
Para el caso que la promoción termine en los plazos acordados o se conceda prórroga para ello por parte del comprador, la entrega de llaves y el otorgamiento de la Escritura Pública de Compraventa se realizarán simultáneamente. A tal efecto, LANDSCAPE GRUPO LAR, S.L. requerirá al comprador para que, señalándole lugar, día y hora, se otorgue la Escritura de compraventa correspondiente, en la Notaría que, para mayor agilidad, designe el vendedor. No obstante lo anterior, el comprador podrá designar su propia Notaria, teniendo en tal aso que preavisar con un plazo mínimo de 15 días.
Un saludo,