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Toc3
22/08/2005 11:04

Como reclamar los ruidos 2

¿Cómo denunciar el exceso de ruido y obtener compensación por daños y perjuicios?

496 lecturas | 0 respuestas
Vía Penal
Se recurre a este procedimiento en los casos extremos y se aplica cuando los ruidos ocasionan riesgo de grave perjuicio para la salud de las personas (artículo 45 de la Constitución). En cumplimiento de este mandato, el Código Penal (artículo 325) castiga con penas que oscilan entre los 6 meses hasta los 4 años a quienes infringen este precepto.
Trámites a seguir:


Se debe presentar una denuncia o querella ante el Juzgado. Es conveniente contar con testigos. Se pueden reclamar daños y perjuicios.
Para interponer una querella (o siempre que se intervenga en el procedimiento como acusación particular) se necesita abogado y procurador.
Otras vías de reclamación

También es posible reclamar por exceso de ruido presentando un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional, por violación del derecho a la intimidad y a la inviolabilidad del domicilio (art. 18 de la Constitución Española). No obstante, antes de recurrir a esta vía es necesario agotar el procedimiento judicial. Por último, se puede presentar una queja ante el Defensor del Pueblo (Procurador del Común, Ararteko, Síndic de Greuges, ...).
 

Fin del hilo
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