No son malos rollos, al menos por mi parte. Dejémoslo ahí, creo que al fin de al cabo estamos de acuerdo en el fondo.
CYE dijo:
La hora de la siesta que comentas, legalmente, dejo de existir, ya que a pesar de que se establezca en los estatutos comunitarios, no puede contradecir ninguna otra ley.
Sí me gustaría apuntar aquí que es cierta la segunda parte de lo que dices, y precisamente por eso no lo es la primera, porque no contradice ninguna normativa, sino que la amplía. En este caso no es ley, son normativas locales que hay que cumplir, aunque haya quien se las salte y se le permita. Llegados a un límite le podría pasar factura. Y bueno, si no conoces ningún caso, debes saber que los hay, y que mañana podrían lamentarlo (espero que no) y entren en razón, por mucho que crean que pueden hacer lo que quieran.
Sin acritud, por darte un ejemplo de que sí es válida esa norma y muchas otras, alucinarías (como yo) hasta que punto se puede llegar mediante acuerdo, además de legal. Ej: Según la ley de propiedad privada, tienes derecho a hacer casi cualquier cosa (sin entrar en ilegalidades) con una propiedad privada, póngase objeto: Vivienda protegida. Pues no poder vender tu casa a quien quisieras aunque te la pague relijiosamente. Tu comunidad (ley/naromativa en mano) si así lo decidiese, podría impedir que tu vendas esa vivienda si el comprador no es aceptado, y así hasta que te aburrieses si no cumpliese. Curioso, verdad? Así que aunque se pretenda que no, las normas de la comunidad si no restrigen, son totalmente legítimas, como es el caso nuestro y además para cambiarlas no vale una simple reunión y mayoría simple.
Ed: Nos vamos del tema, aunque espero haber podido aportar algo y matizar/aclarar un poco.
Demos más ideas u opiniones sobre el tema en cuestión.
Editado por Arish 14/04/2011 12:15