Hola a todos!
Llevo varios días informándome sobre los efectos y consecuencias para nosotros, compradores y futuros vecinos de El Olivar de Boadilla, de la sentencia del TS, que estima la precedente del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (creo que de hace 3 o 4 años) que anulaba el PGOU de Boadilla. Yo diría lo siguiente:
- Boadilla es un caso más de otros municipios cuyos PGOU han sido anulados por irregularidades urbanísticas de diverso tipo. Según me han comentado, también lo están el de Pozuelo de Alarcón, y al parecer sectores del municipio de Madrid que afectan a la zona de Valdebebas... y seguramente más. En cualquier caso, estos, seguro. Eso significa que el problema afecta a muchas personas e instituciones, cuya seguridad jurídica no puede quedar en el aire por mucho tiempo. De ahí la urgencia tanto del Ayuntamiento de Boadilla, como, supongo, también de la Comunidad de Madrid en subsanar un problema que afecta a su desarrollo económico y a su credibilidad y honorabilidad.
- Pero, sobre todo, la "licencia de construcción" es un acto firme, que no puede ser recurrido, concedida en ejecución del plan urbanístico que los técnicos digan..., porque habiendo sido anulado el PGOU de 2004 (creo que es esa fecha, se entiende), la concesión de licencia quedaría amparada por el de 1990 (creo de nuevo que esa es la del 2º PGOU), y como éste, al parecer, también está anulado, reenvía la cobertura jurídica de la licencia al PGOU de 1971. Creo que este es el hecho fundamental. Según esto, lo peor que podría ocurrir es sufrir retrasos en la licencia de habitabilidad, que sólo podrá concederse subsanado el problema, cuando entre en vigor el nuevo PGOU. Pero no parece razonable pensar que este hecho lleve mucho tiempo, desde luego no tanto como para afectar a los plazos de entrega contratados con los compradores (febrero y julio de 2016), nueve y catorce meses respectivamente.
Un saludo.