Hola, respecto de esto de la “penalización” que comentas, al tener vosotros al mismo Promotor que nosotros los de la otra obra en BuenaVista, miraros el contrato de compra-venta, porque viene una clausula en la cual debemos avisar con al menos 3 meses de antelación a la fecha prevista de entrega de la no subrogación o cantidad distinta a la prevista en el plan de pagos, pues de lo contrario los gastos derivados de la cancelación de tal hipoteca prevista, corren por cuenta del comprador, es decir vosotros, nosotros en nuestro caso por nuestro contrato. Tuvimos en nuestro grupo mucha controversia respecto de cómo aplicar esa antelación de los 3 meses, pues ¿desde qué fecha aplicarla?, al final decidimos que en nuestro caso antes del 21 de Diciembre de 2018 avisamos por escrito TODOS, de que al no saber condiciones de la entidad prevista (Santander en nuestro caso) no podemos aceptar algo que desconocemos sus condiciones, por lo tanto desistíamos de tal subrogación, no descartándola del todo si en tiempo y forma se nos informaba debidamente de las condicones de subrogación. Por si te sirve de ayuda este dato, tanto a ti como al resto de vuestro grupo. Un saludo y suerte con la entrega de llaves, que ya “parece” que la tenéis cerca, mas cerca que nosotros.
Editado por JuanCharles 13/2/2019 11:26