Hola a todos.
Hechar un vistazo a esta pagina de Gerencia de Urbanismo del Ayuntamiento de Madrid.
http://www.urbanismo.munimadrid.es/servlet/page?_pageid=96&_dad=portal30&_schema=PORTAL30&_type=site&_fsiteid=78&_fid=12043&_fnavbarid=1&_fnavbarsiteid=78&_fedit=0&_fmode=2&_fdisplaymode=1&_fcalledfrom=1&_fdisplayurl= En el articulo 7.3.4, punto C. Tendederos.
Ahora acordaros del tendedero que nos han puesto, y si no os acordais ir a la galeria de fotos.
¿Cumple el articulo?
Ademas fijaros en el hueco que hay que entre el suelo del tendedero y la 1ª lama metalica,lo menos hay 25 cm. Es un peligro para quien tenga niños pequeños, algun animal, o que se te caiga un bote de fabada al suelo y le caiga a alguno en la crisma ;-)
Espero que opineis algo del tema, pues creo que es lo suficientemente importante para que estemos al tanto de lo que sucede.
Un saludo.