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A
AyC
29/03/2006 12:02

Puntos Limpios

¿Dónde puedo llevar el aceite usado de cocina?

558 lecturas | 0 respuestas
Hola vecinos:
Para el que este interesado, he llamado al Ayuntamiento para informarme de qué podía hacer con el aceite que usamos para freír y que quizá tiramos por el baño o la pila.
Me han dicho que podemos llevarlo al punto limpio que hay en nuestro barrio (C/ Cidro, s/n) y que esta muy cerca de nuestras casas. Acepta los siguientes residuos y su horario es de Lunes a Sábado de 8 a 20 horas y los Domigos de 9 a 14:00h:
Tipos de residuos, cantidades admisibles:
- Vidrio (excluido vidrio plano) normal de producción doméstica.
- Papel y cartón: normal de producción doméstica.
- Metales: normal de producción doméstica.
- Envases: normal de producción doméstica.
- Maderas: 60 Kg.
- Aceites vegetales usados de origen doméstico. 10 litros.
- Residuos voluminosos ; muebles, colchones, somieres, marcos y puertas, cajas, etc.- (3 uds.).
- Escombros procedentes de pequeñas obras domésticas (60 kg.).
- Electrodomésticos (3 uds.).
- Frigoríficos y acondicionadores de aire (1 ud.).
- Ordenadores y chatarra electrónica (1 ud.).
- Ropa y calzado usado: normal de producción doméstica.
Además se recogen los siguientes residuos peligrosos:
- Aceite mineral o sintético de motor: 10 litros.
- Baterías de automóvil: 2 unidades.
- Medicamentos: 1 kg.
- Aerosoles: 10 unidades.
- Pilas: normal uso doméstica.
- Radiografías: 5 unidades.
- Tubos fluorescentes: 3 unidades.
- Pinturas, disolventes y envases con restos de estos residuos: 5 Kg.
- Cartuchos de tinta de impresoras y toner: 2 unidades.
El traslado de los residuos corre por cuenta del ciudadano , con sus propios medios.
Residuos no admisibles:
- Residuos urbanos orgánicos.
- Materiales radioactivos.
- Materiales explosivos o inflamables.
- Residuos infecciosos.
- Neumáticos.
- Recipientes voluminosos que hayan contenido materiales tóxicos o peligroso.
- Residuos sin segregar.
- Residuos sin identificar.
- Residuos tóxicos y peligrosos que no sean específicamente señalados en el punto anterior y cualquier otro que sea añadido al mismo por la autoridad medioambiental.

Bueno, espero que esta información os sea de utilidad.

Un saludo,
 
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