La entrega, en efecto, puede retrasarse hasta en 3 meses, por caso fortuito o fuerza mayor, siempre certificándolo el responsable de la obra. Habrá que ver si el retraso se produce por alguna de estas causas, o simplemente porque se ha dilatado en el tiempo un trámite administrativo,y va a tardar también más de la cuenta el escriturar los pisos y el trámite de ir al notario, tiempo de demopra en la entrega que debería haber sido previsto y que no entra bajo ningún concepto dentro de la apreciación de fuerza mayor o caso fortuito.