En el catastro la finca ya esta dada de alta a todos los efectos, y en el Ayuntamiento ( que es quien emite y envía los recibos ), para el año 2005 lo que nos llegará será una LIQUIDACIÓN por el cambio de titularidad de la finca de la constructora a los actuales propietarios( que no es el IBI propiamente dicho ). Esta liquidación, que será lo único que por este concepto habrá que pagar por el año 2005, fue aprobada a finales del 2005, y en estos momentos se estan enviando por correo certificado las cartas a los propietarios, por lo que en unos casos habrán llegado ya, y en otros habrá que seguir esperando. Si a finales de febreno no ha llegado la dichosa carta, podeis reclamarla a través del 010 para que se os envie a casa sin ningún tipo de recargo, ya que la liquidación fue aprobada por el Ayto. fuera de plazo ( hasta el 30 nov. 2005 ), y por ello no se emitirá recargo alguno se pague cuando se pague.