¿Qué podemos hacer? El origen de la figura de los vocales y así se votó era que fuesen los interlocutores de los portales por delegación de nuestros votos ‘representación en las juntas’, pero sin capacidad de decisión. ¿Me equivoco?
¿Habéis leído el documento ‘acta vocales’ de
www.fincalec.com ? Se están decidiendo gastos e inversiones que de manera explicita en el acta de la última reunión se decía que ya se decidirían en juntas posteriores.
1. En el acta: ‘Se aprueba por mayoría que una vez se tenga averiguado las lindes del perímetro
propiedad de la comunidad y concedida la licencia, la comunidad convoque una junta
extraordinaria para aprobar las distintas posibilidades’
Pues no tenemos lindes conocidos pero vamos a gastarnos el dinero en plantas, como bien han decidido en la reunión de vocales:
‘Se acordó por motivos de seguridad sobre la inversión que se efectúe que en principio y en tanto en cuanto no se obtenga la licencia que se haga un muro vegetal con arizónicas sobre las zonas francas de la urbanización, de forma que en el supuesto caso que el ayuntamiento no la conceda dichas especies arbóreas se recuperen para la comunidad’.
Que por supuesto regaremos y mantendremos nosotros y fuera de nuestra propiedad, vamos un sintentido.
2. Cámaras de seguridad, ¿se aprobó en la junta su instalación? ¿O se pospuso? Por que en el acta no decía nada, como dice en el mismo documento, de un plumazo nos hemos gastado el dinero que nos pagan por la publicidad en la instalación de cámaras no autorizadas en las juntas y no me quejo de que se haga si no de cómo se hace.
3. Se va a contratar a alguien para que vigile a los contratados.
‘Se afirma que hay que estar muy encima de los del mantenimiento para que hagan las cosas. Pues el supervisor que manserco afirma haber puesto parece que no resuelve. Se pide que se solicite un presupuesto para que se contrate a alguien para que esté dirigiendo en la comunidad a los contratados de turno.
Se valoran ciertas posibilidades desde la contratación directa por parte de la comunidad hasta la contratación de un E.T.T. ( Empresa de trabajo temporal ) agotadas las posibilidades el administrador ofrece una más que sería la contratación de alguien de su despacho para que se ofreciese el servicio de administración en la comunidad de forma exclusiva con dicho cometido.
La comunidad cree que es una optima solución, y solicita el presupuesto.
El administrador intentará que el coste sea el menor posible.
No obstante se pide que se llame a MANSERCO para dar la queja, sobre la falta de iniciativa por parte de los operarios.
Se solicita que se pida que rellenen un parte diario de sus actuaciones’.
¿Esa no es la responsabilidad del administrador? Es el colmo y ¿quién va a vigilar al nuevo? ¿Contrataremos también a alguien que vigile al socorrista?
Además ¿alguien sabe como funciona una ETT?
Pues llamas a una ETT y le dices que quieres, por el sueldo que tú decides y con el perfil que tú decides a una persona, se le paga por horas y si ésta no funciona la devuelves y te mandan a otra, no te haces cargo de su despido ni de la obligación de un contrato, como imagináis si se pone enfermos o de baja nos envían a otra persona, si se queda embarazada nos envían a otra persona... Y desde luego, por ética y claridad, lo que nunca se me ocurriría es ofrecer los servicios de mi ETT.
¡Un acierto eh! Me gustan mucho más los nuevos graffiti.
Pediría desde aquí al presidente de la comunidad que ponga un poco de orden a la gestión de esta administración, que creo de verdad que es el único que puede hacer algo, por capacidad y por responsabilidad.
Espero de verdad que nadie se ofenda, que no dudo que están haciendo un esfuerzo en horas al que nadie ha obligado.
Y si me he equivocado en algo, mis disculpas por adelantado.