Hola a todos. Me uno al chat para opinar sobre estos temas que todos consideramos tan importantes.
Desde mi punto de vista, un tema que tenemos que tener claro es que tenemos una hoja de calidades básicas, desconociendo marcas y modelos, y un contrato firmado. Los proyectos de obra de este tipo se ejecutan con un proyecto de ejecución donde se ponen de manifiesto las calidades con las que se va a ejecutar la obra (no se trata del proyecto básico con el que se obtiene licencia). En este proyecto de ejecución, el cual desconozco, existe un documento que es el presupuesto donde apareceran las mediciones, marcas y modelos de las diferentes unidades de obra. Como norma general, aparecerá por partida una marca, modelo y luego un similar, pero las características de la unidad de obra se deben mantener en cuanto a calidad y prestaciones.
Dicho proyecto de ejecución y sus modificaciones forman parte de lo contratado por nuestra parte, es decir, lo que ponga en el proyecto de ejecución es lo contratado por parte del comprador y del vendedor. Es interesante que reviseis el apartado quinto del contrato, donde se pone de manifiesto, que cuando las “modificaciones sean motivadas por causas diligentemente no previsibles, deberán contar con la aprobación del adquirente si conllevan modificación del precio”, y aquí es donde hay que revisar que las calidades de lo ejecutado coincida con lo que aparece en el proyecto de ejecución, ya que hasta la fecha no ha habido modificaciones al proyecto, y así nos lo han trasladado una y otra vez.
Hay que tener en cuenta que estos temas los tendrán bastante bien atados, las promotoras funcionan así.
El proyecto de ejecución está disponible en las oficinas del interlocutor. Visto como está el tema, y dado el “cabreo” que veo que está generando, yo personalmente tengo previsto solicitar una copia de tal presupuesto una vez que recepcionemos la vivienda, o quizás antes. De todas formas, con la entrega del libro del edificio con el final de obras del proyecto en el Ayuntamiento, estará toda la información. Me interesa mucho saber como van a certificar temas de construcción en cuanto a aislamientos térmicos y acústicos de cara al cumplimiento del Código Técnico de la Edificación (muy importante en las carpinterías, por ejemplo), y cómo la Administración va a comprobarlo, en la licencia de funcionamiento, porque claro si presentan las pruebas del control de calidad contratados por ellos, apaga y vámonos, todo estará bien.
Creo que estamos bastante pillados al firmar un contrato sobre plano y con una hoja de calidades como la que nos han entregado. En este caso particular, que promotora y constructora coinciden aunque tengamos en cuenta que son empresas diferentes dentro del mismo grupo, debrían ser algo más flexibles, pero ya veo el hermetismo.