En las Escrituras notariales que tienes firmadas dice que siempre que no invadas otra plaza puedes aparcar cuantos vehículos quepan. Esto es, si tu coche no es demasiado grande puedes además aparcar una moto, ahora si lo que aparcas es moto entonces es claro que te cabe más de una.
Cuando alquilas una plaza de garaje lo haces en función de lo que legalmente se contiene en tu propiedad. Es decir que si el Ayuntamiento, por poner un propietario, decide que como no vende si alquila, pues eso qué le impide hacerlo a una empresa.
Esto no se discute puesto que está contenido en tu documentación e igual en cada una de cada propietario.
¡Ya sabes, cuando al año que viene haya elecciones mira si los actuales representantes municipales son los adecuados, ojo no hago distinciones y PP, PSOE, IU y PIC son iguales de responsables!