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L
lina1
22/11/2004 16:05

Reclamar contra la subida

¿Es inconstitucional la subida de módulos en viviendas protegidas en Navalcarnero?

636 lecturas | 5 respuestas
Hola vecinos:
me han hecho llegar un escrito que otra cooperativa ha elaborado para reclamar al Defensor del Pueblo, que declare inconstitucional la subida de módulos, la he modificado para adecuarla a nuestros precios, la carta está basada en un piso de menos de 110m2 en Navalcarnero.
Se que es difícil que nos hagan caso, pero tenemos que hacer valer nuestros derechos y reclamar contra aquello que no consideremos justo.
La reclamación se puede poner vía online, por fax y por correo. La página es www.defensordelpueblo.es.
Esta es la carta:

El abajo firmante,

Expone que ante el abusivo aumento realizado por la Comunidad de Madrid mediante la ORDEN 2863/2004 de 8 de Noviembre, de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, por la que se adecuan los precios máximos de venta de las vivienda protegidas a lo dispuesto en el Real Decreto 1721/2004 de 23 de julio, se está produciendo una vulneración flagrante del Artículo 47 de la Constitución Española.

Se ha producido un aumento superior al 29% del precio final de la vivienda sujeta a regímenes de protección pública.

Hasta la publicación de dicha orden el precio final máximo en euros estaba establecido en 892.35€ por metro cuadrado de superficie útil para los municipios delimitados en la Zona 3C de la Comunidad de Madrid. Estando a partir de dicha NORMA 2863/2004 el municipio de Navalcarnero en la zona B cuya precio establecido es de 1263.49€, subida del todo fuera del sentido común y alejada del incremento del IPC.

Dicho precio final se basa en el precio básico a nivel nacional, quedando establecido en 674.94€ desde la publicación del Real Decreto 1721/2004 de 23 de julio, habiendo tenido dicho precio básico una subida del 4% con respecto a la anterior al real Decreto 1721/2004.

El cálculo del precio final se realiza: (precio básico a nivel nacional*coeficiente autonómico*coeficiente del municipio).

La Comunidad Autónoma de Madrid a partir de la NORMA, NO diferencia entre viviendas de más de 110 metros e inferiores (antes sí) y ha subido dicho coeficiente autonómico de 1,25 a 1,56. ¡¡Un 24.8%!!

Por tanto, precio final=674.94*1.56*1.20(coeficiente municipio zona B)=1263.49€ estando el precio por metro cuadrado útil en Navalcarnero antigua zona 3C, como comentaba anteriormente, en 892.35€.
Diferencia: 1263.49€-892.35€=371.14€ por metro cuadrado útil!!!

Por lo cual y ante las declaraciones efectuadas el 17/11/2004 a el periódico EL PAÍS en la cual se señala por parte de dichas autoridades “que dicha subida es para satisfacer las quejas de los constructores debido al poco beneficio que les proporciona la realización de viviendas sujetas a regímenes de protección pública”, claramente olvidando el interés general.

Solicito del Defensor del Pueblo Español que establezca un Procedimiento de declaración de Inconstitucionalidad de la NORMA 2863/2004 de 8 de noviembre de la Comunidad de Madrid, mediante la forma de: Recurso de inconstitucionalidad para la cual está facultado por el artículo 54 de la Constitución Española y por la ley Orgánica 3/1981 de 6 de diciembre, modificada por la Ley Orgánica 2/1992 de 5 de marzo, puesto que se está vulnerando claramente el artículo 47 de la Constitución Española por parte de dicha NORMA 2863/2004 de la Comunidad de Madrid:

“Todos los españoles tienen derecho a disfrutar de una vivienda digna y adecuada. Los poderes públicos promoverán las condiciones necesarias y establecerán las normas pertinentes para hacer efectivo este derecho. Regulando la utilización del suelo de acuerdo al interés general para impedir la especulación”.

La Comunidad participará en las plusvalías que genere la acción urbanística de los entes públicos.

Gracias por anticipado.
Reciban un cordial saludo.

En mi opinión no deberíamos quedarnos callados como si aceptáramos la subida, por lo menos, que les lleguen las mayores quejas posibles.

Saludos.
 
N
nosotros
24/11/2004 16:46
En el ejemplo anterior hay un error.

La cantidad final a pagar sería de 24.000.000 + IVA = 25.680.000, lo que quiere decir que el penúltimo párrafo debería decir:

Es decir, que de pagar 12.080.000 + 13.600.000 = 25.680.000
Pasaríamos a pagar: 10.250.800 + 15.292.200 = 25.680.000
en ambos casos aparece primero la cantidad hasta llaves y después la cantidad en hipoteca.
 
N
nosotros
24/11/2004 16:12

Os vamos a comentar lo que nos dijeron en Geicop la semana pasada y que esperamos que sea verdad por el bien de todos.

Un piso de 3 dormitorios en torno a los 80 m2 útiles costaría aproximadamente unos 24.000.000 ptas + IVA. Con el precio del m2 de VPT a 1113 euros/m2, el valor LEGAL de ese piso sería, por ejemplo, de 17.000.000. Esto quiere decir que el máximo valor de hipoteca que podremos tener es de 13.600.000 ptas (el 80% del valor legal), por lo que a la entrega de llaves deberíamos haber aportado:

24.000.000 - 13.600.000 = 10.400.000

además del IVA de los 24 kilos (1.680.000), lo que hacen un total de 12.080.000 ptas.

Al aumentar el valor LEGAL del piso un 13,45% el valor LEGAL del piso pasa a ser de 19.286.500, por lo que el máximo de hipoteca sería de 15.429.200. A la entrega de llaves la cantidad total aportada tendría que ser de:

24.000.000 - 15.429.200 + 1.680.000 = 10.250.800.

Es decir, PAGANDO LO MISMO, la cantidad hipotecada puede ser mayor con un valor del m2 mayor, lo que implica que hasta llaves la aportación sería más pequeña. En este ejemplo, con en módulo alto la aportación hasta llaves sería menor en 1.829.200 (12.080.000 - 10.250.000), cantidad que pasaría a engrosar la hipoteca.

Es decir, que de pagar 12.080.000 + 11.920.000 = 24.000.000
Pasaríamos a pagar: 10.250.800 + 13.749.200 = 24.000.000
en ambos casos aparece primero la cantidad hasta llaves y después la cantidad en hipoteca.

Esto no es más que un ejemplo, pero así es como lo hemos entendido nosotros.

Un saludo.
 
L
lesmao_j
24/11/2004 10:51
Yo lo que no entiendo es eso de que hasta la hipoteca no tenemos que pagar mas porque es como si esa subida ya la hubiesemos pagado.
En difinita creo q tenemos que luchar por el precio que "acordamos" en el momento de la firma del contrato.

Yo creo, desde mi punto de vista ignorante, que todo contrato tiene fecha para algo y que las leyes que tienen vigencia sobre él son las de esa fecha.

Espero que todo vaya bien.

saludos
 
L
lina1
22/11/2004 16:50
Hola:
no entiendo muy bien lo que os han dicho, cuando el piso se escriture el precio que tendrá será el que marque la comunidad de Madrid, y ahí es donde a nosotros, los de Larcovi, nos afecta la subida ; otra cosa es que, como nos han dicho a nosotros, hasta la hipoteca no tenemos que pagar nada porque es como si esa subida ya la hubiesemos pagado, pero que luego en la hipoteca si reclamas el 80% del valor del piso, te van a dar más dinero que antes porque el piso vale más.
Ahora ya si que no entiendo nada, ¿no debería ser igual en todas las cooperativas??.

Saludos.
 
N
nosotros
22/11/2004 16:37

Me parece buena idea, pero hay algo que se deberá corregir: los piso de Navalcarnero no son de VPP< 110 m sino de VPP asimilable a VPT, lo que significa que tengan los metros que tengan su precio a 14/11/2004 era de 1.113,65 €/m2 (Grupo 3C), siendo la posible subida de un 13,47%, hasta los 1.263,49 €/m2.

A nosotros en Geicop me han dicho que, en principio, esta subida no nos afectaría, ya que lo que vamos a pagar es terreno+construcción+gestión, independientemente del precio del módulo. Personalmente, nosotros hasta que no veamos el precio por escrito y cerrado no nos creeremos nada.

SalU2.
 

Fin del hilo
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