mocoje dijo:
Buenas tardes, soy un nuevo usuario y mi consulta es la siguiente. Mi mujer y yo hemos comprado un vivienda tipo m1-a de la segunda fase en El Viso (Hercesa) y ahora queremos rescindir el contrato por problemas económicos. El problema es que en el contrato viene una claúsula resolutoria explícita que dice lo siguiente: "Como claúsula resolutoria explícita, ambas partes pactan que el impago de cualquiera de las cantidades en las fechas pactadas o el incumplimiento por el comprador de cualquiera de las obligaciones contraídas dará lugar, bien a la resolución de pleno derecho del presente contrato de compraventa en su totalidad, volviendo la libre disposición a la parte vendedora del inmueble transmitido quien hará suyas, en concepto de indemnización por daños y perjuicios, el 30% de las cantidades que se debieran haber percibido hasta dicho momento, o bien a exigir su cumplimiento judicialmente."
Hemos hablado con los comerciales, nos han dicho que no nos devuelven el dinero y que debemos cumplir el contrato. Entonces, hasta el momento hemos pagado todas las cuotas pero en dicimebre de 2008 nos viene una última letra de 30.000€ que no vamos a pagar. Vamos a mandarles un burofax y esperaremos respuesta de ellos. ¿Está alguien en la misma situación? ¿Me podeis informar?, Gracias.
Hola,
En ánimo de ayudar, lo que yo haría sería lo siguiente:
Envío por conducto notarial de declaración jurada por los compradores de la vivienda, manifestando su situación económica, la desgraciada inviabilidad de la compra, etc. y como consecuencia de lo anterior, la aplicación de la condición resolutoria explícita y adjuntado resguardo original del ingreso del importe en la cuenta donde hayais ingresado los pagos a cuenta.
Yo creo que haciendo esto, no tienen nada que hacer, se quedan con la indemnización del 30% y su vivienda.
No obstante también sugiero lo consulteis en la oficina del consumidor y/o algún abogado.
Chao y suerte