Ojalá que no lleguemos a esta situación, pero por si acaso no está demás saber cómo habría que actuar en ese supuesto caso. He leído este artículo y me ha parecido interesante incluirlo en nuestro foro.
Es un artículo de la OCU (Organización de Consumidores y Usuarios) en el que habla del caso Martinsa-Fadesa.
La dirección es:
http://www.ocu.org/dinero-trabajo-e-impuestos/servicios-financieros/martinsa-fadesa-que-hacer-s391974.htm Y un pequeño extracto es este:
"...Quienes hayan anticipado cantidades a cuenta por viviendas no iniciadas o en construcción han debido recibir, por imperativo legal, un documento escrito que recoja un aval o seguro por el importe de dichas cantidades. Si se acredita que las obras no se han iniciado o concluido en el plazo pactado, los clientes pueden rescindir el contrato de compraventa, ejecutar el aval y recuperar su dinero junto con el interés legal del 6%. Mientras el cliente no acredite fehacientemente tales extremos, debe seguir afrontando sus obligaciones de pago, para no perder derechos..."
Aunque leyendo el foro estos últimos días, muchos de los post solamente se refieren a la posibilidad de rescindir el contrato. Quizá en ese caso, muchos desearían que Gestesa presentase Concurso de Acreedores. Deseo que no ocurra esto y que todos, todos los que nos metimos en esta aventura, podamos finalizarla de la mejor manera posible.
Saludos a todos.