Doy por descontado que la comunidad admitirá la instalación de persianas en miradores, no obstante, ya sabemos que FITENI no las pone por imposición urbanística, así lo dice la memoria de calidades, lo cual no quiere decir que ......... sin formar parte de la memoria de calidades (que es lo que obliga a la constructora) se pongan como obra no bajo su responsabilidad sino del particular en cuestión (con factura independiente).
Además, si lo anterior no es posible o no se llegara a un acuerdo para que se haga de antemano por la constructora (a nuestro cargo) y no posteriormente, si se podría conseguir de la constructora que esta accediera a dejar preparado tanto el hueco para alojar la persiana (tapialzado)y hueco para la cinta de la misma (con el pasamuros correspondiente si aplica) así como las tomas de corriente (cajas y cableado) para conectar los motores y el mando de las mismas para su accionamiento eléctrico.
Cualquier modificación o predisposición de obra encaminado a la futura instalación de las persianas creo sería un avance, sobre todo porque de todos es conocido que dichas persianas se instarán a posteriori, con el consiguiente engorro de agujeros en el aluminio para pasar las cintas, cajas exteriores antiestéticas para la persiana (mal selladas, con ruidos por entrada del viento por huecos, acumulación de agua, etc), rotura del aislamiento, etc.
Creo estamos "a tiempo" de llegar a una buena y definitiva solución o en su defecto a una solución intermedia que nos beneficie a todos y en cualquier caso que no comprometa legalmente a la constructora a la que en ningún caso queremos perjudicar.