Esa cantidad que aparece de costas y gastos 12mil y pico, pertenece a la responsabilidad hipotecaria que garantiza la finca a través de la hipoteca, me explico, la responsabilidad hipotecaria de una finca es la suma del principal(dinero que pedimos al banco) más la suma de intereses tanto ordinarios como de demora, más las costas y gastos.
La responsabilidad hipotecaria de una finca la fija el banco para el caso de impago.
Pues bien esas costas y gastos son las que el banco te podría exigir como máximo en caso de ejecución de la hipoteca por impago, por todos los gastos ocasionados como abogados, notaría, registro. etc....
No se si me explicado bien porque lo suelo hacer muy mal, en definitiva, lo que tenemos que pagar son las cantidades que nos han especificado en el papel dado por EMSULE.
chao
, la forma de actuar del banco en caso de que tuviera que proceder a la ejecución de la hipoteca y posterior venta tanto judicial como extrajudicial