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S
sansereyes
13/11/2009 14:09

pago del ibi

¿Pagaremos más de 200 euros en el impuesto de IBI? ¿Nos bonificarán por ser VPP?

1.372 lecturas | 3 respuestas

Ayer hablé  con la EMSV y agarraos..... seguramente pagaremos de 200 para arriba en el impuesto de ibi que nos llegará proximamente, les pregunté si por ser vpp nos bonificarian de alguna manera, una reducción del precio respecto a las viviendas libres, y no están muy seguros, no obstante en el ayuntamiento me informaron que es raro que tengamos que pagar un impuesto que solo lo tienen que pagar los propietarios, y si en este caso es el ayuntamiento....
no sé pero a mi me parece un poco raro
 
F
fanini
06/12/2009 21:37
IBI lleváis toda la razón y lo debe pagar el propietario, pero cuando hemos firmado el contrato de alquiler nos han aplicado la ley del embudo, lo ancho para nosotros (debemos pagar todo) y lo estrecho para ellos (no deben pagar nada).

Sobre el IVA, el problema es mayor y me informe bien. La figura alquiler (arrendamiento) opción compra NO EXISTE en HACIENDA, hasta mayo de 2009 que si que la definen con un 7% (que no es lógico, pero en el pago de impuestos no cuenta la lógica lo importante es recaudar). Nosotros somos alquilados y luego la opción compra, la realizaremos o no, dependiendo las circunstancias de cada uno. En Hacienda hasta lo que estan aplicando hoy, los arrendamientos NO PAGAN IVA y la compra paga el 7% y VPO el 4%. ¿Por qué nosotros pagamos el 16%?

Ante la falta de Ley clara, cada Empresa Municipal aplica unos criterios, unos cobran el 16%, otros el 7% y otros nada. Lo hacen así porque no esta definido en Hacienda el arrendamiento con opción a compra, entonces como no figura explícitamente en los que pagan el 7%, pues aplican el general del 16% sobre el total del importe pagado y repito NO ES JUSTO porque de pagar alguna cantidad debía ser el 7% del 50% de alquiler, que es la posible cantidad de dinero que se destinara a la opción de compra, aparte no se paga sobre los gastos de comunidad que no lleva IVA.

Ante la falta de Ley busque en Internet y os pego lo que dice una persona que sabe de una asesoria jurídica En este asunto del IVA en arrendamientos con opción de compra Hacienda vuelve a sorprenderme. Al final del proceso, cuando se ejercita el derecho de opción, Hacienda acepta que el arrendamiento está exento de IVA (art. 20. uno. 23ª b), que la opción no está sujeta hasta que se ejercita (art. 8. 2. 5ª) y que el tipo impositivo una vez que se ejercita la opción es el 7% (art. 91. Uno. 1. 7º), pero hace encaje de bolillos con el concepto de primera entrega (art. 20.Uno.22º) en relación con la contra-excepción del art. 20. uno. 23ª b, d', para cobrar el 16% de IVA a la renta en los arrendamientos con opción de compra de viviendas nuevas, es decir, las que pasan del promotor al propietario, aunque después, una vez que se ejercita la opción, rectifica y devuelve el exceso hasta dejarlo en el 7%.

Solo nos quedan dos opciones pagar y la segunda….. pagar.
El IVA no es un impuesto local, es un impuesto estatal que luego parte va a las Comunidades Autónomas, os lo aclaro para que no mal penséis que es el Ayuntamiento de Sanse es el que da la orden de cobrar, ellos en esta caso por medio de la EMSV que funciona como una empresa y de lo que facturan carga el IVA.

Saludos y Felices Fiestas

 
G
Guito34
17/11/2009 16:56
Hola Vecinos, que tal?
Bueno antes de nada decir que yo no entiendo mucho del tema este del iva para las viviendas de este tipo,
Pero por lo que que e podido deducir de la cuantia que me an cobrado este mes de la letra del alquiler puedo decir que nos van a cobrar un 6,5 o un 7% de iva al mes, es decir que para mi caso en particular, (dependiendo del tamaño de la vivienda y por lo tanto el precio de alquiler, se le sumara el 6.5 o el 7%  al total de cada mes),
en mi caso pagaba 485 y pico, y si a esta cantidad le añadimos un mas 7%, nos da 518 aprox. mas 55 euros de la comunidad suman un total de 573 y pico. mas o menos lo que me han cobrado este mes.
No se si  sera obligatorio que los inquilinos con derecho a compra tengamos que pagar este impuesto, pero lo que si se esque nos van a subir una media de 30 euros el precio final del alquiler.
y que ademas como decia la circular, tendremos que pagar los impuestos correspondientes al año anterior, o mejor dicho a los 12 meses que llevamos en nuestras casas con lo cual yo creo que en mi caso tendre que pagar unos 400 y pico euros,
osea que nos llegan unos mesecitos un poquito fastidiados, Ibi, Basuras, Iva, ..
Bueno, que todo lo malo sea esto, no?,
venga un saludo.
y perdonar si e cometido algun erroe ortografico.
chao.
 
T
Thelonius
16/11/2009 11:52
En la anterior circular nos lo comentaron y me parece que en el contrato también aparece. Lo único que creo que existe una normativa por la que los pisos de protección durante los tres primeros años están exentos de pago de dicho impuesto o como mucho del pago del 50%. Tenemos que mirarlo.

Por otro lado está el tema del iva. El iva se paga cuando adquieres una vivienda, no cuando lo estás alquilando con derecho a compra. Creo que nos aplican el iva por el total en vez de por la parte proporcional a la compra. Y no veo justo que hagan pagar un iva de una casa que no sé si voy a comprar, aunque sea mi intención inicial, nunca sabes donde vas a acabar (trabajo, familia....). Te devuelven el iva en caso de renunciar a la compra?
 

Fin del hilo
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