A nosotros en la documentación del notario nos pone que es a 25 años.
"...Una vez finalizado el periodo de carencia de amortizacion, conforme se indica en el apartado A.) anterior, es decir los restantes VEINTICINCO AÑOS siguientes, dará comienzo el periodo de amortización del préstamos, durante el cual, la parte prestataria deberá pagar 300 cuotas mixtas constantes,...." en la pagina 230
¿a vosotros que os ponia en la documentación del notario?