La subvención para el préstamo también hay que declararla en la misma casilla 310 sumándola a la AEDE, que efectivamente se puede poner una cuarta parte durante 4 años.
La ayuda del préstamo que se pone este año, en la que nos la han concedido, sería el importe que cobramos en cuenta de todos los años anteriores, más la bonificación que hemos tenido en cada una de las cuotas del año desde que nos aplican esta bonificación.
Eso sí a la hora de deducirnos por inversión en vivienda habitual, la base de deducción sería la suma de las cuotas íntegras del préstamo del año, es decir no se resta la parte subvencionada, aunque no la hayamos pagado.
Cuidado porque aunque las ayudas no aparezcan en el borrador o en los datos fiscales, no significa que la Agencia Tributaria vaya a saber que existen, los organismos públicos muchas veces son los que tardan más tiempo en dar la información de estas ayudas a la Agencia Tributaria. Por lo que recomiendo declararlo, aunque suponga un pastón, si luego te requieren además de ese pastón la sanción no es pequeña.
En una persona con unas rentas medias, de la subvención declarada, más o menos le puede suponer entorno a un 30% de la misma.
Es decir si por ejemplo con las 2 ayudas y teniendo en cuenta que se puede poner una cuarta parte de la AEDE, supone unos 5.000 euros en total. Aproximadamente si la declaración salía a devolver 1000 euros, con la inclusión de los 5000, pasará a salir a pagar unos 500 euros.
Pero bueno hay muchas variables a tener en cuenta, depende del nivel de rentas que se tenga, así mismo si es un matrimonio y la ayuda es para los 2, todo va dividido a la mitad, lo que puede reducir también la carga.
Por cierto la subvención obliga a hacer la declaración de la renta, por si alguien se planteaba no hacerla.
Para peor suerte justo nos han ido a dar las ayudas en el año en que han subido los tipos del IRPF.