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cyttorak
13/01/2012 10:50

Amortizar hipoteca

¿Cómo puedo amortizar mi hipoteca de forma efectiva?

5.668 lecturas | 23 respuestas

Hola

Estoy pensando amortizar parte de la hipoteca anualmente. Para ello quiera que se me confirmara los siguientes puntos que estoy tomando en cuenta:

- El máximo desgravable al año es 9015€
- Lo que se desgrava es el 15% (es decir, máximo: 1352,25€)
- La hipoteca, al ser protegida, no tiene ningún gasto o penalización al amortizar

¿Esto es correcto? ¿Tengo que tener algo mas en cuenta?

Otra duda que tengo, ¿qué es mejor? ¿Amortizar los 9015€ de golpe? ¿o en partes a lo largo del año?

Para hacer mis aproximaciones sobre cual seria el resultado de amortizar he hecho esta aplicación web: http://back.host22.com/h/

Viene precargada con mis datos (plazo, capital, interés y lo que quiero amortizar al año) pero se puede editar para ajustarlo a otras necesidades.

Agradecería que la probarais y me dijerais si las estimaciones que da son correctas o no.

Muchas gracias.

P.D.: La aplicación web funciona bien en firefox, chrome y opera pero en internet explorer puede que de error.


Editado por cyttorak 13/01/2012 11:19


Editado por cyttorak 13/01/2012 16:11
 
C
cyttorak
14/06/2016 08:27

Hola

¿Algúien ha cancelado ya la hipoteca totalmente?

¿Se puede? ¿hay alguna limitación?

 
C
cyttorak
24/11/2014 18:59

Hola

El aproximó mayo acabaran los 5 años de la ayuda estatal. ¿Alquilen ha empezado los tramites para renovarla? ¿Sabe si hay alguna dificultad en cobrarlo?

Y otra cosa ¿al renovar la ayuda te ves obligado a esperar otros 5 años más para poder amortizar?

 
C
cyttorak
03/12/2013 23:05

yo no me he atrevido

pregunte varias veces en la ovicam pero no me dio confianza sus contestaciones, no me parecía que fuera exactamente lo que decía el texto del decreto ley

asi que al final no amortice nada, estoy esperando a 2015 para que pase el plazo.

Si tu o alguna otra persona lo hace por favor que avise.

 
felisuco79
felisuco79
03/12/2013 22:27

Hola,

 

¿habeis podido amortizar algo de la hipoteca, sin que hacienda os pida la devolución de la ayuda?

A mí me da miedo precisamente por eso, pero no sé si realmente en la práctica se aplican esas penalizaciones o es más un aviso que otra cosa...

Gracias!

 
C
cyttorak
02/12/2012 19:18

Alguien ha amortizado algo ya?

 
M
morritofino
07/06/2012 11:14

Hola, Cyttorak

Creo que tu duda de los cinco años para amortizar está resuelta. He recibido las ayudas económicas, pero me sorprendió que me ABONARAN en cuenta varias cuotas de la hipoteca, y luego me rebajaran la cuota de este mes. Pregunté al banco, y me dijeron que el abono era con efectos retroactivos (echando cuentas, los dos años anteriores más los primeros meses de éste). Así que podrás amortizar a partir del 2015.

 
M
morritofino
16/03/2012 22:27

Hola, Cyttorak:

He escrito un post en el foro principal contando que he recibido carta de la Comunidad de Madrid reconociéndome las ayudas económicas. Respecto de la duda que tenías sobre la amortización, te cito lo que pone literalmente en la carta:

"El interesado queda advertido que si mediante la presente Resolución se le ha reconocido el derecho a la Subsidiación del préstamo convenido y a la Ayuda Estatal Directa a la Entrada, la amortización anticipada parcial o total del préstamo antes de hacer transcurrido los 5 primeros años del período de amortización conllevará el reintegro tanto de la Ayuda Estatal Directa a la Entrada como de las cantidades percibidas en concepto de subsidiación"

Sospecho que te vas a quedar igual que estabas. ;)

 
M
morritofino
08/02/2012 12:11

Hola. Acabo de enviarte un mensaje, pero no sé qué ha pasado que parece que se ha borrado, por lo que lo escribo de nuevo:

Creo que mi razonamiento es el correcto. He hablado con una amiga a la que le dieron las ayudas el año pasado, y la del préstamo subsidiado o como se llame le supone un ahorro de 48 euros al mes. Si volvemos al caso tuyo, tendríamos 85 euros x 9 = 765 euros (recuerda que te adjudiqué un préstamo de 90.000 euros, que dividido entre 10.000 nos da 9). Si dividimos 765 entre los 12 meses años, saldría una subvención de 63,75 euros mensuales.

Le pregunté por la amortización anticipada y me comentó que a ella, cuando le vino la ayuda, le ponía que no podía amortizar anticipadamente de por vida. Pero a una amiga suya, de un año anterior, recibió mucha más pasta (en las mismas condiciones) y sí podía amortizar algo. Así que depende del plan que te toque.

También me dijo que te advirtiera de que Hacienda se queda con un pico de la ayuda (en su caso, 2.000 de los 8.000 euros recibidos).

Quizá debieras volver a la Oficina de Vivienda a preguntar por lo de los cinco años. He visto que hay una en Carabanchel, en la calle Manuel Fernández Caballero, 6, muy cerca del metro Marqués de Vadillo.

Ya me contarás.

 

 

 
M
morritofino
08/02/2012 11:32

Hola:

He hablado con una amiga a la que le dieron la ayuda el año pasado. Y creo que tengo razón con mi razonamiento anterior, ya que a ella le subvencionan cada mes unos 48 euros en la cuota, habiendo pedido un préstamo de unos 108.000 euros. (Según el cálculo que hice antes en tu supuesto, 85 euros x 9 (90.000/10.000) = 765 euros. 765/12=63,75 euros que te subvencionarían cada mes).

Por otro lado, cuando le dieron las ayudas, le dejaron muy claro que no podría amortizar en vida. Pero todo depende de las ayudas que se pidieron: una amiga suya, a la que le dieron las ayudas el año anterior le concedieron bastante más dinero que a ella y sí podía amortizar algo.

Yo que tú volvía a la Oficina de Vivienda a preguntar. No sé si sabes que hay una abierta en Carabanchel, a la altura del metro Marqués de Vadillo, en la calle Manuel Fernández Caballero, 6. O eso pone en el Portal de Vivienda de la Comunidad de Madrid.

 
M
morritofino
08/02/2012 10:42

Divídelo entre 12 y ahí tienes tu cuota mensual. Las otras opciones me parecen excesivas.

 
C
cyttorak
07/02/2012 22:41
Pero es que dice "Supone la reducción de una parte de la cuota de amortización a pagar"

Y la cuota es mensual
 
M
morritofino
07/02/2012 21:25

Obviamente, quería decir un préstamo de 90.000 euros, jeje

 
M
morritofino
07/02/2012 21:22

Si te has fijado, no pone que sea un pago mensual. Si es anual, lo lógico sería multiplicar los 85 euros que dices que te corresponderían por cada 10.000 euros de préstamo. Si tu préstamo ha sido de 90 euros, sería:

85 euros x 9 = 765 euros.

Es que si no, nos estarían regalando la casa :)

 
C
cyttorak
07/02/2012 18:20

El viernes me dijeron que:

Cita:

-Ayudas Financieras por adquisición de vivienda protegida de nueva construcción al amparo del Real Decreto 2066/2008, de 12 de diciembre
-Ayudas Financieras por adquisición de vivienda protegida de nueva construcción al amparo del Real Decreto 801/2005, de 1 de julio

Son la misma, pero que se aplica un real decreto u otro segun la fecha de calificacion definitiva (en mi caso 18/12/2009), de hecho mi rescuardo es de la Real Decreto 2066/2008 pero se me aplica el Real Decreto 801/2005

En cuanto a lo del cheque vivienda es cierto lo que dices pero no tengo explicación -_-U

Otra cosa:

Estoy viendo aqui esto:

Cita:

Subsidiación del Préstamo Convenido

Supone la reducción de una parte de la cuota de amortización a pagar por el préstamo convenido durante 5 años, ampliable otros 5 cuando los ingresos no superen 2,5 veces el IPREM. La cantidad se establece por cada 10.000 € de préstamo.

Que es eso de "por cada 10000€ de prestamo"?

Pongamos que segun la tabla a mi me correspondiese la casilla de "85€" ¿eso que eso? ¿que me baja la cuota mensual 85€ todos los meses durante 5 años? ¿donde afecta ahi lo de los 10000€?

O es:
Prestamo / 10000 = X
 y lo que te baja la cuota es 85 * X ?
Eso no tiene sentido, 85 *X podria dar mas que la cuota normal

O es:

Prestamo / 10000 = X
y te baja la cuota 85€ durante 5 años o durante Z meses, siendo X= 85*Z ?. Lo que antes ocurra


Editado por cyttorak 07/02/2012 18:26


Editado por cyttorak 07/02/2012 18:26
 
M
morritofino
07/02/2012 13:01

Hola de nuevo:

He estado mirando los resguardos de las solicitudes de ayudas que presenté, y a mí me falta uno de los que tú presentaste:

Ayudas Financieras por adquisición de vivienda protegida de nueva construcción al amparo del Real Decreto 2066/2008, de 12 de diciembre

A mí me dijeron que con una de las dos solicitudes que presenté estaba pidiendo dos ayudas al mismo tiempo, por lo que lo mismo se han equivocado y me he quedado sin una ayuda.

¿Te has fijado que, al meterte en el Portal de Vivienda viene

Viviendas con Protección Pública calificadas al amparo del Reglamento de VPP, aprobado por Decreto 11/2005, de 27 de enero

y sin embargo, en nuestras solicitudes viene

Cheque Vivienda por adquisición de Vivienda con Protección Pública al amparo del Decreto 12/2005, de 27 de enero?

Francamente, yo ya no sé lo que he pedido.

De todos modos, parece claro que el préstamo convenido ha de ser de, al menos, del 60%. Lo de los cinco años, no sé yo.

Siento no ser de más ayuda.

 

 
M
morritofino
07/02/2012 11:52

No creo que haya un mail, sospecho que las opciones son teléfono o presencia en la oficina correspondiente. Se van a arriesgar, jaja, sobre todo con la preparación que tiene la gente que ponen.

 
C
cyttorak
07/02/2012 11:48

morritofino dijo:
"Una vez obtenida la ayuda, (...)", lo que parece que ese período de amortización cuenta a partir de esa fecha.

Ya, pero luego dice "los cinco primeros años del período de amortización" que es lo que me genera la duda.

Lo de renunciar a las ayudas es lo que intento determinar, porque depende de las limitaciones y de como se calculen esas ayudas

No puedo decidir sin saber en cuanto se quedaria la ayuda y si esos 5 años son desde 2010 o desde que me den la ayuda, pues si es el segundo caso amortizo ahora y no hay problema. A no ser que al bajar lo que debo al banco baje tambien sensiblemente la cuantia de la ayuda.

Estoy haciendo un programita para calcular la forma de maximizar el ahorro, pero para poder hacerlo tengo que saber esos datos.

Si me sale que sin ayuda ahorro mas renunciare a ellas, si no no, a no ser tambien que la diferencia sea poca y los compromisos adquiridos por aceptar las ayudas sean importantes como plantearse mejor ahorrar algo menos y tener menos condiciones.

Sabes si hay una direccion de correo donde podamos preguntar esas cosas que mejor que 012, porque esto es para currarse un mail con todas las dudas, links, tablas, etc, que si no por telefono te dejas cosas y ademas no lo tienes por escrito.

 
M
morritofino
07/02/2012 11:41

No soy abogado, no podría decirte. Pero, ¿te has fijado que pone en el punto 4 "Una vez obtenida la ayuda, (...)", lo que parece que ese período de amortización cuenta a partir de esa fecha.

De todos modos, juraría que hay otra ayuda que también requiere de la obligación de no amortizar hasta un % determinado. Si la encuentro, te contesto.

Has pensado en renunciar a las ayudas? Aunque no son moco de pavo: a una amiga mía se la dieron el año pasado y la cuantía fue de 8.000 euros. La cuestión es si nos las darán a nosotros, viendo cómo está el patio.

 
C
cyttorak
07/02/2012 10:54

El viernes fui al Registro Auxiliar de la Oficina de Información de Vivienda (Ovicam) - Avenida de Asturias 28

Y me dijeron que las dos ultimas ayudas que pongo en http://www.nuevosvecinos.com/emv18carabanchel25/3594091_.html eran la misma y que la mira era la de decreto 801/2005, de 1 de julio

Me lo estoy leyendo y es un lio. En concreto no entiendo esto:

Cita:

3. La obtención de la ayuda estatal directa a la entrada requerirá, además de la condición indicada en el apartado anterior, que la cuantía del préstamo convenido no sea inferior al 60 por 100 del precio total de la vivienda. 4. Una vez obtenida la ayuda, la amortización anticipada parcial o total del préstamo antes de haber trans-currido los cinco primeros años del período de amortización conllevará el reintegro de la misma, así como de las restantes ayudas estatales financieras directas percibidas con cargo a los Presupuestos del Ministerio de Vivienda, incrementadas con los intereses de demora desde su percepción, previstos en los artículos 37.1 y 38.2 de la Ley 38/2003, de 17 de diciembre, General de Subvenciones.

El piso me lo dieron en 2010, e imaginemos que la ayuda me la diesen en 2012 ¿cuando acabarian esos 5 años en los que no puedo amortizar? ¿en 2015 o en 2017?

y ¿de 2010 al dia antes que me den la ayuda puedo haber amortizado algo? Porque si se entiende que ese periodo de 5 años es de 2010 a 2015 aunque aun no sepa si me dan esa ayuda o no, si amortizo algo ahora inclumplo la limitación, no?


Editado por cyttorak 07/02/2012 10:59
 
M
morritofino
07/02/2012 10:51

Mirando ahora por encima (y no sé si me he equivocado de apartado, ya que no recuerdo cuál es el Decreto de la ayuda que pedí), he encontrado esto:

Limitaciones

Obtenida la Ayuda Estatal Directa a la Entrada, la amortización anticipada parcial o total del préstamo antes de haber transcurrido los cinco primeros años del período de amortización conllevará el reintegro de la subvención, con los intereses de demora desde su percepción.

No recuerdo si aparece en más apartados, creo que sí.
 

 
M
morritofino
07/02/2012 10:45

yo que tú me metía en la web de vivienda madrid:http://www.madrid.org/cs/Satellite?cid=1142468452224&language=es&pagename=PortalVivienda%2FPage%2FPVIV_listado

asegúrate bien de que estás mirando la ayuda que te corresponde. también puedes llamar al 012 y preguntar por las ayudas a la compra de vivienda protegida pero, eso sí, sabiendo que la llamada es cara y que te puede asesorar alguien que no tenga ni idea ;)

 
C
cyttorak
07/02/2012 09:47

Hola morritofino

y donde puedo ver cual es ese umbral y como se calcula esa ayuda?? tambien me suena eso que dices pero no consigo encontrarlo ahora y quiero integrarlo en mi programa para hayar la manera optima de amortizar.

 
M
morritofino
04/02/2012 12:17

Hola Cyttorak:

Por lo que he visto en el otro enlace que has abierto, solicitaste en su momento las ayudas económicas por la compra de vivienda. Pues si no me equivoco y no leí mal en su momento, para que te concedan esas ayudas no puedes amortizar la hipoteca más de un %, que ahora no recuerdo, porque si no tendrías que devolver el importe de las ayudas más los intereses y no sé qué más pasaba en ese caso.

Siento no poder informarte respecto a tus cálculos porque de esas cosas no tengo ni idea.

 

Fin del hilo
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