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IBI

¿Cómo se aplica el beneficio fiscal del 50% por VPO en el IBI?

1.456 lecturas | 2 respuestas

Hola a todos,

He recibido el recibo para pagar el IBI y me gustaría comentarlo con vosotros.

Yo pedí el descuento del 50% que comentastéis y, aunque me pidieron la documentación que me faltaba, nunca llegué a recibir la confirmación de que me lo hubiesen concedido.

Ahora en el recibo aparece un beneficio fiscal del 50% por VPO. Mi duda es si ese porcentaje se aplica siempre a las viviendas protegidas o es por haber pedido la ayuda. Por otro lado, ¿pensáis que la reducción que solicitamos es un 50% sobre ese 50%? Espero haberme explicado...

Muchas gracias por aclarármelo.

Un saludo, 

 

Mil gracias por la aclaración.

Me alegro de que me hayan concedido la ayuda... ¡menudo pastón es el impuesto en este barrio!

 

Hola Marucre,

Te has explicado perfectamente. Respondiendote:

1- En principio, solo tienen derecho a reduccion las personas que solicitaron la ayuda.

2- La reduccion es de un 50% sobre el 100% de la tasa. A un vecino que le llegue un recibo de 300€, dentro de dos años pagara 600€. Sobre tu pregunta, la respuesta es NO.

Un saludo.

 

Fin del hilo
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