Volver al foro
J
jvillega76
06/04/2011 18:39

Subasta Promocion Carabanchel-07

¿Qué condiciones se mantienen en la subasta de nuestra promoción?

1.837 lecturas | 8 respuestas

Hola a todos:

Soy Juan, del 1º A del portal C. Esta mañana Ana, vecina del portal C también, y yo hemos estado en la EMVS en una reunión con la Directora de Gestión de Vivienda y Promoción, Estrella Sánchez González, para pedir información sobre la subasta de nuestra promoción.

Nos ha confirmado que los contratos firmados son intocables en todos los detalles. Se mantendrá la opción a compra a los 7 años desde la calificación definita que aparece en nuestros contratos que es el 12-06-2008.

El precio es el estipulado para cada piso en particular multiplicado por el coeficiente de actualización (para la Comunidad de Madrid es 2) y restándole la mitad de las mensualidades pagadas.

Una vez adquirido el piso, se mantiene la protección VPP durante 3 años más, estando sujeto a precio protegido si se quisiese vender. Pasados estos 3 años, el piso estaría libre de protección, por lo que podría ser vendido en mercado libre.

Como sabeis, la subasta está en marcha y en Mayo-Junio saldrá el resultado. En caso de que no haya ofertas sobre nuestra promoción, seguiremos dependiendo de la EMVS. Se han comprometido a mejorar su atención frente a todos los problemas de los que hemos hablado en las reuniones que hemos tenido en el garage -2 durante las semanas pasadas. En particular, tendríamos una reunión con el Administrador contratado por la EMVS para tener un contacto directo y más fluído que hasta ahora, donde se eternizan las peticiones o simplemente no se atienden.

También se atenderían peticiones globales que se propongan como el posible cambio de Fusiona por alguna otra opción más barata o cualquier otro servicio como el tema de limpieza o el propio administrador. Nos comentan que éste administrador es bastante diligente y eficaz pero veremos si podemos hablar con él. Todos los cambios que se propongan lógicamente deben contar con una mayoria de votos entre los vecinos.

Actualmente, están recibiendo a vocales de las promociones afectadas. En caso de que solicitasen vocales de la nuestra, propongo que se elija uno o dos por portal pero lo hablaríamos en caso de que lo hagan.

Todo esto en caso de que sigamos con la EMVS. Si entra otra empresa, se encargarán de hablar con nosotros para hacer el papeleo para cambiar la cuenta de ingreso (pasarían de la EMVS a esa empresa) y demás detalles que consideren oportuno pero siempre respetando TODAS las condiciones actuales.

También hemos sacado el tema de la seguridad de la promoción. Una vez que se defina en manos de quién estaremos, se planteará la posibilidad de cerrar los laterales, como venimos pidiendo casi desde el primer día, a cargo o de la empresa o mediante derrama entre todos.

Hemos recalcado el problema de los trasteros que hemos sufrido así como la puerta del garage, para hacer notar que no han tenido una respuesta ágil en ninguna de los temas. También el problema de la falta de luz en el bloque C tras la tormenta de hace unos meses, que tardaron muchísimo en arreglar el personal de Mapfre. Parece que la predisposición a mejorar es buena.

En definitiva, nuestra sensación tras la reunión ha sido buena respecto a la subasta, donde estamos cubiertos por el contrato firmado. Y tras la subasta, podremos acordar mejoras en el funcionamiento de la comunidad.

Seguro que se me escapa algún detalle. Siento la parrafada pero es bueno que todos sepamos cual es nuestra posición. Si teneis alguna duda, preguntádla por aquí o si quereis pues hacemos otra reunión en el garage y hablamos.

Un saludo.

 
M
MAROBERT02
10/05/2011 10:55

Muchas gracias por todo Juan!!  Yo acabo de recoger el contrato original firmado en la emvs y os recomiendo a todos aquellos que no lo tengáis, que paséis a por el contrato antes de que nos cambien los dueños de la promoción .

Un saludo.

 

 
J
jvillega76
08/05/2011 11:49

Hola Mario:

Pues se supone que no, que tienen que acogerse a las mismas condiciones actuales. Creo que la EMVS ya nos subió el IPC oa lgo así, por lo que ese puede ser el único concepto de subida. Estaremos atentos para posibles futuras reclamaciones.

Un saludo.

 
M
MAROBERT02
04/05/2011 09:28

Buenos días Juan,

 

Muchas gracias por tu mensaje y yo por mi parte te estoy muy agradecido por las gestiones realizas y también con Ana.

Tengo una duda, pueden tocarnos el precio del alquiler (subirlo)??

Por cierto, soy tu vecimo de arriba.

Muchas gracias,

Mario

 

 
M
mariaglago
27/04/2011 10:48

Hola vecinos, os envio un enlace de un artículo que salió ayer en El País sobre  la subasta

http://www.elpais.com/articulo/madrid/Viviendas/des/protegidas/elpepiespmad/20110426elpmad_10/Tes

 
P
perucho2007
13/04/2011 15:49

Hola Juan:

Coincido en que quien se subrogue en lugar de la EMVS, deberá respetar nuestros contratos de arrendamiento. Pero yo me pongo en el hipotetico caso de que incumpla o gestione mal y cause un perjuicio economico a alguno o algunos. Pues el punto 12º exime de responsabilidad a la EMVS. Osea que quien hoy te dice que se "va a respetar todo", mañana de manera legitima te puede decir que está "exenta de responsabilidad" y que nos arreglemos con la Adjudicataria. Bueno, intentaré pensar en positivo y quizá la adjudicataria gestione bien e incluso nos solucione lo que la EMVS aún no ha resuelto en el edificio.

Por otro lado gracias por compartir los derecretos. La posibilidad de vender el piso pasados tres años es bienvenida (por lo menos para mí). 

Un saludo.

 
J
jvillega76
07/04/2011 17:00

Hola perucho:

El punto 12 termina diciendo que las empresas que liciten deben conocer las condiciones del pliego con lo que se supone que no pueden variar nada de como estamos ahora pero no sé decirte si tus miedos están justificados o no.

Con respecto al decreto donde dice que pasados 3 años ya no tiene protección es el que viene en nuestros contratos (Decreto 11/2005 y 12/2005). La directora tiraba de ese decreto ante nuestras preguntas. Acabo de descargarlo y confirma en el artículo 19 del decreto 11/2005 que:    

"Artículo 19. Arrendamiento con opción de compra

En el caso de Viviendas con Protección Pública para arrendamiento con derecho de opción de compra sobre las mismas, el ejercicio de dicha opción se atendrá a las siguientes condiciones:

a) El inquilino podrá ejercer la opción de compra una vez la vivienda haya estado destinada al régimen de arrendamiento durante siete años a contar desde su calificación definitiva.

b) El precio de venta de la vivienda será el resultado de multiplicar el precio máximo de venta por metro cuadrado de superficie útil que figure en la calificación definitiva de la vivienda, por el coeficiente de actualización que se establezca por la normativa autonómica reguladora de la financiación cualificada en materia de vivienda, y minorar de la cantidad resultante el 50 por 100 de las cantidades desembolsadas durante el arrendamiento en concepto de renta. ( )

c) Adquirida la vivienda, durante los tres años siguientes, su titular no podrá enajenarla en segunda o posterior transmisión por precio superior al establecido por metro cuadrado de superficie útil para la Vivienda con Protección Pública Básica (VPPB) que se califique provisionalmente en la misma fecha en que se produzca la transmisión y en la misma localidad o ámbito intraurbano. Dicha limitación se hará constar expresamente en la escritura de compraventa, a efectos de su inscripción en el Registro de la Propiedad"

Un saludo.

 
P
perucho2007
06/04/2011 23:55

Gracias por las gestiones. Siempre seran bienvenidas todas aquellas acciones que vayan en favor de "nuestra comunidad".

Estuve leyendo el pliego de condiciones de la subasta (que esta en la pág. de la EMVS), y me preocupa un poco el punto 12º de Exención de responsabilidad, cuyo texto dice que:

"Adjudicadas las promociones objeto de subasta, cualquier tipo de responsabilidad que pudiera derivarse de las actuciones que el adjudicatario lleve a efecto serán de cuenta de éste sin que, en ningún caso, la EMVS ni sus órganos de representación, responda por dichas actuaciones.

La EMVS no se hace responsable de los actos de la gestión de la promoción inmobiliaria por parte del adjudicatario ni de las consecuencias económicas que de ello pudiera derivarse...".

Quiza esta "clausula" permita lavarse las manos a la EMVS en caso que la nueva propietaria no haga bien sus tareas de gestión. Espero equivocarme.

Por cierto, en la reunión con la EMVS, mencionaron cúal es el asidero legal para poder vender el piso como "libre" pasado los tres años desde  la compra?.

Gracias nuevamente por todo.

 
R
ritatb
06/04/2011 21:23

Gracias por la "parrafada".  Yo acabo de llegar a casa y he visto que he recibido un correo certificado del ayuntamiento esta mañana.  ¿alguien más lo ha recibido y sabe de qué va?  Yo recogeré la carta mañana...

 

Fin del hilo
Mensajes Relacionados
  • 3 (2010)
  • 1 (2011)
    © 2002-2024 - HABITATSOFT S.L.U. CIF B-61562088 c/ Josefa Valcárcel, 40 bis 28027 Madrid
    Contacto |  Publicidad |  Aviso Legal  |  Política de cookies  |  Blog |  Catastro |  Facebook |  Twitter
    Vocento