Hola de nuevo,
Esto es lo que les pregunté:
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Este tema tiene que ver con la nueva ley de desgravación de hipotecas o es sólo informativo por si hay que cancelar la cuenta vivienda?,¿Podríais facilitarme algo más de información?
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Me acaban de contestar esto:
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El mensaje que le hemos remitido se refiere a la posibilidad de poder adelantar en este ejercicio fiscal, pagos previstos para el próximo.
Es decir, si usted ha realizado ya 2 pagos sobre el 20% del valor de la vivienda que no está financiado (entrada), quedandole, por tanto, un 3er pago sobre dicha cantidad, puede adelantar, total o parcialmente, dicho importe si fuera de su interés.
Sobre el tema de la desgravacion de la vivienda, el anteproyecto de Ley prevé que dicha desgravacion se continue aplicando en aquellos casos en los que existe firmado un contrato privado de compraventa por encontrarse la vivienda en fase de ejecución, con lo que en ese sentido su situación no se verá alterada por el importe que abone en este ejercicio, si bien, quizá por posible cancelacion de cuenta ahorro vivienda o por aumentar el importe de la deducción en el ejercicio 2009, se ofrece la posibilidad de adelantar pagos futuros.
Esperamos haber resuelto sus dudas.
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Lo importante es que, al parecer, se confirma lo que suponíamos, no nos afecta la nueva ley de desgravación!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!! XD