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J
jmotaru
03/11/2003 15:27

Carta (copia de la recibida en mi buzón)

¿Cuáles son las taxonomías más importantes del Conjunto Residencial Europa?

2.650 lecturas | 11 respuestas
Estimados clientes:

nos es grato comunicarles que la Dirección Facultativa del Conjunto Residencial Europa, C.B., del que ustedes forman parte, ha emitido el certificado final de obra del edificio con fecha 6 de Octubre de 2003, documento imprescindible para solicitar la licencia de primera ocupación en el Ayuntamiento de Madrid y la calificación definitiva de viviendas con protección pública en la Comunidad Autónoma.

La fecha de presentación de dichas solicitudes ante las Administraciones respectivas, así como el número de expediente que tienen asignado, son los siguientes:
- Licencia de primera ocupación: 22 de Octubre de 2003 ; número de expediente Ayto. Madrid: 711/1999-023877.
- Calificación definitiva: 27 de Octubre de 2003 ; número de expediente Comunidad de Madrid: 06-GP-00150.7/2001.

Una vez obtenida la licencia de primera ocupación y la calificación definitiva iniciaremos el proceso de entrega de llaves y de constitución de la comunidad de vecinos, de todo lo cual les informaremos por escrito puntualmente. Para mantener en perfecto estado la urbanización interior del edificio y las zonas comunes, hasta que se efectúe la entrega, han sido encomendadas las oportunas gestiones de mantenimiento con carácter temporal.

La reparación de las deficiencias por ustedes observadas en la visita de la obra que realizaron con el Departamento Comercial se están ejecutando por parte de la constructora del conjunto residencial, VALCONSA DOS CONSTRUCCIONES, S.L.

La entidad CAJA DE BURGOS, oficina de la Calle Príncipe de Vergara, 44 de Madrid con teléfonos 91.577.59.94 y 91.577.59.95, tiene formalizado el préstamo hipotecario sobre las viviendas de al promoción. Desde esta oficina se pondrán en contacto con cada unos de ustedes durante los próximos meses de Noviembre y Diciembre, para informarles de las condiciones particulares de dicho préstamo, del que ustedes ya son titulares. Algunos aspectos a considerar sobre el préstamo son:
- El comienzo del período de amortización del capital de su préstamos se iniciará a partir del día de la entrega de llaves.
- El cargo de los recibos correspondientes se realizará a través de la cuenta que cada comunero deberá tener abierta en CAJA DE BURGOS. Por tanto, no se podrá hacer la entrega de llaves a ningún comunero que previamente no tenga abierta cuenta en dicha entidad.
- Las amortizaciones parciales de capital o las cancelaciones totales del préstamos hipotecario son cuestiones ajenas a la Comunidad de Propietarios Conjunto Residencial Europa, por lo que dichas gestiones podrán efectuarlas a título particular con posterioridad a la entrega de llaves y asunción del pago del préstamos concertado con CAJA DE BURGOS.

Sin otro particular, y quedando a su disposición para cuanto consideren oportuno, reciban un cordial saludo,

DEPARTAMENTO COMERCIAL.
 
N
nanel23
05/11/2003 10:28
No es que tengamos que firmar, es que ya está firmado. Nosotros ya tenemos una hipoteca con ellos, porque al otorgar poderes a la Gestora, ésta firma en nuestro nombre y constituye una hipoteca, es igual que si la hubiéramos firmado nosotros mismos, de ahí que no tengamos que pagar ningún gasto de notaría ni demás. Ahora, que ya tienes tu hipoteca, si quieres la cancelas, te subrogas o sigues con ella, eso ya es decisión tuya, pero no puedes dejar de firmar porque ya lo has hecho.

Espero explicarme correctamente.
 
V
Virginia y Pablo
05/11/2003 08:29
Me temo que sí, que no nos queda más remedio que firmar con Caja Burgos y despues, pasarnos al banco que nos ofrezca mejores condiciones
 
V
Victoria
05/11/2003 08:20
Ana y carlos,

Entiendo que lo que quiereis decir en el anterior mensaje, es que no tenemos otra opción que firmar con CAJA BURGOS?.

Saludos,
 
A
ana y carlos
04/11/2003 20:36
Vamos a puntualizar unas cosillas.

No tenemos un contrato de compra-venta sino que estamos constituidos como una Comunidad de Propietarios. Cada uno de los comuneros somos partícipes dentro de este proyecto que es Conjunto Residencial Europa.

Tema hipoteca. Digamos que nosostros no nos subrogamos a ninguna hipoteca, lo que ahora tenemos que hacer es la adjudicación individual de una hipoteca que ya es nuestra y que fue negociada y concedida años atrás por Caja de Burgos a nuestra Comunidad a través de la Gestora que es la que pincha, corta, arregla y desarregla a su antojo. Para entender esto mejor leer la cláusula SEXTA (al menos en mi contrato es esta cláusula) del contrato de adhesión al proyecto. En esta cláusula aparecen los poderes que otorgamos a la Gestora (vamos donde vendemos nuestra alma a cambio del pisito) que incluyen la de gestión del credito con quién ellos quieran y en las condiciones que les apetezca. También existe un punto, dentro de la clausula NOVENA (esta clausula es la de los pagos), donde indica que los Comuneros nos "subrogaremos" a los creditos que ellos hayan concertado. Bajo mi modesto punto de vista y con la ayuda de un jurista esa palabra puede estar equivocada ya que nuestro término no es tan exacto como una subrogación, ya que el crédito ya lo tenemos concedido a nuestra Comunidad (figura jurídica) de la cual somos participes.

Vamos todo un rollo jurídico de unos tios que no es que contraten un despacho de abogados, es que los tienen en nómina y trabajan muy bien. Al menos por ahora.

Ah se me olvidaba, todo lo antes contado es para la gran mayoría porque existen unos pisos que quedaron para el final que fueron vendidos mediante contrato de compra-venta. Lo que no tengo tan seguro es como es dicho contrato, si de compra-venta de piso o compra-venta de participación dentro de la Comunidad, joe que lio.


Saludos
 
S
sya
04/11/2003 17:48
DEA acuerdate de q firmamos unos poderes a Gestion 3000.
No tienes pq haber firmado la condiciones tu. Ya lo han echo ellos.
 
E
EAD
04/11/2003 17:21
Muchas gracias por la carta. Nada más leerla me he sorpendido bastante y después me he cabreado. La razón es que con la carta nos están diciendo que estamos obligados, no sólo a firmar la hipoteca con Caja Burgos, sino todo lo que ellos nos condicionen con la hipoteca. Más aún, suena mafioso el imponernos que si no tenemos abierta una cuenta con Caja Burgos (contra la que personalmente no tengo nada) ¡NO NOS VAN A DAR LAS LLAVES!!!
¿Alguno de los que firmamos el contrato de compraventa tiene claro que la hipoteca es obligatorio hacerla con Caja Burgos?. Yo he consultado con la OCU, y si no hemos firmado ningunas condiciones hipotecarias (con tipos de interés, gastos de cancelación y apertura,...) EXPLICITADAS en el contrato de compraventa, podemos hacer la hipoteca con quien más nos convenga, y los gastos de cancelación de la hipoteca que ha constituido la promotora han de correr por cuenta de esta última. Además, yo ya he negociado mi hipoteca con unas condiciones (euribor+0,6 sin redondeos y sin gastos de apertura) que, a priori, Caja Burgos no me ha ofrecido en sucursal. Me gustaría contrastar opiniones con quien tenga estos mismos interrogantes y se sienta como me siento yo ahora.
 
E
elmasmalo
04/11/2003 09:22
Claro mucha información no da, porque lo que quiero saber es ¿cuanto vamos a pagar al final? ¿cuanto tengo que reservar? porque en ese punto estoy en cuanta hipoteca me puedo quedar joer.
 
Y
Yuka
03/11/2003 18:14
Hola vecinos, yo solo quiero dar las gracias a jmotaru por haberse molestado en transcribir la carta, q me parece un detallazo, y decir q para haber esperado tanto la "famosa carta" estoy un poco decepcionada xq supongo q esperaba la lista de proveedores, los porcentajes de la hipoteca por escrito, si tenemos que pagar alguna cantidad a la entrega de llaves, o quizá q se hubieran mojado poniendo una fecha concreta de entrega de llaves.

Pero con Vg ya se sabe, cuanto menos información mejor y como diría Julia "para lo q hemos pagado........"

Un saludo a tod@s.
 
A
angon
03/11/2003 17:05
En primer lugar, muchas gracias por molestarte en copiar la carta.

En segundo, leyendo esta carta se me plantean varias dudas:

- El día en el que visité el piso me comentó la comercial que estaba allí (además de Julia estaba otra, pero no se su nombre), que una vez se tuviese el certificado de final de obra, la solicitud de la licencia de primera ocupación y de la calificación definitiva era algo casi automático ("una semana, como mucho"). Así, si el certificado lo tenían el día 6 (lunes), ¿cómo es posible que transcurran 11 días laborables hasta que soliciten la licencia de primera ocupación y otros tres hasta que soliciten la calificación definitiva?. ¿Es que van bien de tiempo y no consideran que sea necesario darse más prisa?

- Además, resulta que solicitan en primer lugar la licencia de primera ocupación, cuando ellos saben (porque lo saben mejor que nosotros), que es una condición necesaria el tener la calificación definitiva (si no se tiene, ni tan siquiera el técnico se pasa por la obra). ¿Será que lo único que quieren es contentarnos y luego poder decir "es que los técnicos del ayuntamiento han tardado mucho en ir a visitar la obra"?. Bueno, pues digan luego lo que digan, los técnicos van en el plazo de un mes desde que los papeles están en regla (es decir, desde que les concedan la calificación definitiva y la presenten el Gerencia de Urbanismo). Con lo que hasta el mes de Diciembre posiblemente no pase ningún técnico por nuestra obra. Y luego tenemos un puente, vacaciones... Ojalá nos entreguen los pisos en la primera quincena de Enero, pero cada vez lo voy viendo más negro.
 
C
cansada
03/11/2003 16:55
Bueno, para buscarlo en internet deberás:

1.- cambiar el guión por una barra
2.- quitar el 0 a la izquierda

Es decir, el número te queda así:
711/1999/23877

Y si no me equivoco, lo único que encontrarás con este número de expediente es la referencia a la licencia de obras.
 
T
THAI
03/11/2003 16:16
Hola jmotaru, muchas gracias por copiar la carta, solo era para que me confirmaras si es correcto el nº expte. de la licencia del Ayto.Madrid, he intentado buscarlo en internet y sobra un dígito.

Muchas gracias y un saludo a todos.
 

Fin del hilo
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